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ANUNCIO PUBLICITARIO

Modificaciones de los presupuestos 2024 por las nuevas administraciones municipales

Por: Normando José Suárez
febrero 5, 2024
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Modificaciones de los presupuestos 2024 por las nuevas administraciones municipales
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Los presupuestos de rentas (ingresos) y gastos de todos los municipios de Colombia para la vigencia del año 2024 fueron aprobados y liquidados por los respectivos concejos municipales y alcaldes(as) antes del 31 de diciembre del año pasado.

Si bien es cierto que los nuevos burgomaestres y concejales fueron electos el 29 de octubre del año pasado para el período 2024-2027, el presupuesto sancionado para este año no corresponde a la prioridad del Programa de Gobierno ganador para los próximos cuatro años, salvo que hubiese una concertación con las administraciones actuando en noviembre y diciembre último.

Se presentaron tres escenarios posibles con los resultados electorales del último domingo de octubre 2023. El primero, que los alcaldes(as) y concejales sean de la misma corriente de los salientes. El segundo, lo contrario al anterior resultado. El tercero, que se hubiera concertado el proyecto de presupuesto 2024 independiente de si había continuidad o no en las administraciones municipales.

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De todas formas, en aquellos municipios en donde las alcaldías salientes no eligieron sucesor(a), a estos les queda un recurso en los términos del Artículo  5 de la ley 131 de 1994 que textualmente señala “Los alcaldes elegidos popularmente propondrán ante sus respectivos concejos municipales en las sesiones ordinarias siguientes a la fecha de su posesión, las modificaciones, adiciones o supresiones al plan económico y social que se encuentre vigente en esa fecha, a fin de actualizarlo e incorporarle los lineamientos generales del programa político de Gobierno inscrito en su calidad de candidatos.

Particularmente, es viable modificar, adicionar o suprimir el Plan Operativo Anual de Inversiones (Poai) del presupuesto aprobado en el 2023 para ejecutar en el 2024.

La anterior medida es más urgente si se tienen que financiar planes de contingencia de corto plazo o Planes de Acción para los primeros cien días de Gobierno local.

Algunas administraciones municipales justifican esta última posibilidad, argumentando que su entidad territorial está en una profunda crisis de gobernabilidad como le ocurrió al pionero de esta estrategia y cuatro veces (1933-1945) presidente Franklin Roosevelt quien diseñó e implementó un plan de choque (100 primeros días) ante la gran depresión socioeconómica en Estados Unidos en los años treinta del siglo pasado en el marco de un Estado benefactor.

Es necesario y oportuno recordar que, durante todo el primer semestre de este año, el presupuesto y el Plan de Desarrollo que se ejecuta es el del Gobierno anterior porque solo hasta junio se aprobará el nuevo programa de gobierno transformado en hoja de ruta municipal 2024-2027.

En este momento se debe estar construyendo su primera versión para presentarlo a los Consejos territoriales de planeación el primero de marzo.

Si se opta por el artículo 5 de la ley 131/1994 ya debe estar presentada la iniciativa en la corporación pública de elección popular, coadminstradora y periodo fijo municipal. Las primeras sesiones ordinarias de los Concejos municipales de categoría 4, 5 y 6 (ley 617 de 2001) se desarrollan del primero al 29 del mes bisiesto de febrero del año en curso.

Para que se apruebe el proyecto de modificaciones, adiciones o supresiones del presupuesto 2024 se debe tener mayoría del Gobierno local en los concejos municipales. Para estos efectos se debe analizar la situación caso por caso porque si la coalición del alcalde(sa) es minoritaria resulta improbable que aprueben la iniciativa. En esta situación hay un alto riesgo para “voltear” concejales (as) a favor de la nueva administración. Estas negociaciones pueden tener un elevado costo político, económico y de transparencia.

La ciudadanía apela a la responsabilidad y coherencia de los concejales al momento de votar este proyecto de modificación del presupuesto 2024, como al del plan de desarrollo, reorganización administrativa y endeudamiento de su municipio.

Se espera que los representantes de la comunidad electos como concejales (as), especialmente, los declarados contrarios a los gobiernos municipales, hagan una oposición constructiva colocando de primero los intereses de las comunidades que los eligieron.
De los resultados de la sesión ordinaria de los concejos municipales de este mes de febrero se puede intuir y suponer como serán la actuación de los concejales (as) en las otras tres sesiones ordinarias del año en curso (mayo, agosto y noviembre), y más si son convocados por el despacho municipal a reunirse extraordinariamente. Amanecerá y veremos.

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