para las futuras demandas o nulidad de un proceso eleccionario, simplemente porque en Colombia existen las dualidades jurídicas que le aplican a los funcionarios dependiendo de la circunstancia política del momento y si se trata de demandar la elección de un guajiro, en el Consejo de Estado le dan prioridad, debido a que jurídicamente todo lo que llegue de este departamento se le da el tratamiento de ‘Conejillo de India’.
Cuando la entonces alcaldesa de Albania, Oneida Pinto Pérez iba a renunciar para aspirar a la Gobernación de La Guajira, editorializamos en este mismo espacio sobre la dualidad jurídica que existía, la cual no era favorable para ella. Dicha recomendación de este editorialista fue vituperada por el comité de aplauso que tenía en su momento Oneida. Recuerdo tanto que decíamos, que una vez llegue la demanda al Consejo de Estado le iban a aplicar una de las dos leyes existentes, especialmente la que no le favorecía. Cuando el Consejo de Estado admite la demanda, advertimos por Cardenal Stereo de San Juan del Cesar que la intención del alto tribunal era anular la elección de Oneida Pinto.
Hoy recuerdo que dos reconocidos abogados de mucho abolengo de San Juan del Cesar dijeron al aire que lo que estaba diciendo el periodista de Cardenal Stereo era un exabrupto jurídico. “Señor abogado” –parodiando la canción de Diomedes Díaz– le recuerdo leerse bien el fallo emitido por la Sección Quinta del Consejo de Estado el 7 de junio de 2016, ponencia del magistrado
Alberto Yepes Barreiro, en donde el abogado Emiliano Arrieta Monterroza demandó la elección de Oneida Pinto como gobernadora de La Guajira.
El argumento jurídico aplicado por el Consejo de Estado al declarar la nulidad de la elección de Oneida Pinto, más el contenido de la Ley 1952 del 28 de enero de 2019, por medio de la cual se expide el código general disciplinario con su temible artículo 43 que establece las incompatibilidades para los gobernadores, diputados, alcaldes, concejales y miembros de las juntas administradoras locales, mandan un claro mensaje que quienes son concejales y diputados no deben aspirar ni a las alcaldías o Gobernación de La Guajira.
Señores aspirantes, cualquier duda que genere la norma, sería utilizada en su contra. La Guajira no aguanta más escándalos de los que hemos tenido. ‘Poncho’ Medina, Blas Quintero e Hilbert Pinto, continúen como diputados, respeten al electorado que los eligió por un periodo constitucional. Doctora Tania Buitrago González, posponga sus aspiraciones a la Gobernación de La Guajira, teniendo en cuenta que la llamada ‘Ley Oneida Pinto’ no le favorece, y a usted la estaría afectando la unificación de jurisprudencia contemplada en el fallo contra Oneida, teniendo en cuenta que usted fue gobernadora hasta septiembre de 2018, y para el día de su futura elección el 27 de octubre de 2019, no ha pasado un año, muy a pesar de haber sido designada por el presidente de la República.