Por orden de la Corte Constitucional, la Registraduría Nacional del Estado Civil tiene un plazo de seis meses para incluir en los documentos de identidad de los ciudadanos colombianos el género “No binario”.
A través de la sentencia T-033 de 2022, el alto tribunal le da instrucciones tanto a la Registraduría como al Gobierno Nacional para que “en conjunto, dispongan todo lo necesario para la puesta en marcha de este esquema de identificación, de modo que las personas no binarias que cumplan los demás requisitos previstos en relación con la corrección del componente sexo, puedan optar por esa categoría”.
La Corte Constitucional tomó esta decisión tras estudiar la demanda de un ciudadano que dice no reconocerse como un individuo de género femenino o masculino.
Además, la Corte le indicó al Congreso de la República un plazo de dos años para crear una ley que reglamente “todos aquellos derechos, obligaciones y servicios que encuentran en el sexo o en el género, un criterio de asignación”.