Luego de que la Contraloría General la República seccional de La Guajira sancionara al exalcalde de Riohacha, Rafael Ricardo Ceballos Sierra, por hallarlo responsable fiscalmente, siendo castigado para pagar la suma de 175 millones 294 mil 057 pesos con 86 centavos.
Asimismo sancionó a Julio Raúl Vega Ramírez; exsecretario de Obras y servicios públicos del Distrito y a Harold Enrique Espinosa Olea, representante legal Interventoría.
Ante la situación los tres implicados se pronunciaron sobre las presuntas irregularidades en la ejecución de la obra y mejoramiento del parque del barrio Coquivacoa del Distrito. En una declaración conjunta, los tres exfuncionarios de la administración Ceballos Sierra dijeron que respetan, pero no comparten la decisión del ente de control, debido que tienen evidentes fallas procedimentales, contradicciones, y presumibles desacatos a los principios del debido proceso y del derecho a la defensa.
“Respetamos, pero no compartimos la decisión del órgano de control, fundados en evidentes fallas procedimentales, contradicciones, y presumibles desacatos a los principios del debido proceso y del derecho a la defensa, sostiene la comunicación conjunta firmada por Rafael Ceballos ex alcalde, Julio vega ex secretario de obras y Enrique Espinosa como inventor de la obra”, indicaron los exfuncionario a través de un comunicado.
Los exfuncionarios manifestaron que durante la actuación se presentaron ostensibles quebrantamientos al debido proceso, al no atenderse elementales garantías como el suministro del expediente.
“Durante la actuación se presentaron ostensibles quebrantamientos al debido proceso, al no atenderse elementales garantías como el suministro del expediente, la resolución oportuna de recursos impetrados, no traslado de uno de los informes técnicos que soportan el presunto daño e indebidas notificaciones, lo cual no permitió terminar de desvirtuar el presunto daño patrimonial”, se puede leer en el comunicado.
En este sentido, indicaron que existe una evidente contradicción en los valores consignados en los dos informes técnicos que soportan el presunto daño al patrimonio.
“En el primero se establece un monto de 464 millones y en el segundo baja a 118 millones, tal como se aprecia a página 24 del fallo. Esa reducción fue producto de demostraciones y pruebas aportadas por nuestra parte”, señalaron.
Además, señalaron que si habrían contado con las plenas garantías, podrían haber demostrado que no había daño alguno.
“Si después del segundo informe que redujo el daño a 118 millones, hubiéramos contado con las plenas garantías, se habría podido demostrar que no había ningún faltante o daño”.
Indicaron que otra de las fallas en el proceso, tienen que ver con la designación de abogados de oficio que no ejercieron ninguna función, dejando vacía la asistencia técnica de uno de los vinculados al proceso, tal es el caso, del interventor.
“Ninguno de los apoderados de oficio busco a su cliente, pidió el expediente, ni presento pruebas o alegatos en favor de sus defendido. Por lo visto solo se vincularon para cumplir requisitos y tratar de evitar eventuales vicios en el proceso”.
Finalmente, señalaron que en el proceso se encuentran presumiblemente frente a irregularidades procedimentales y otros quebrantamientos jurídicos a través del recurso que cabe y de otras acciones legales, permitirán que se termine de demostrar la plena ausencia su responsabilidad fiscal.








