Aunque durante su campaña del presidente electo Abelardo De la Espriella mantuvo una distancia tajante frente a las colectividades tradicionales bajo el lema de representar ‘a los de nunca’, sus portavoces y aliados han hecho un llamado directo a todos los sectores políticos. La expectativa principal del nuevo Gobierno es que los parlamentarios, tanto independientes como de oposición, respalden las iniciativas que beneficien a los colombianos despojándose de cualquier beneficio, prebendas burocráticas y priorizando las necesidades urgentes de la población. Este mismo llamado cabe a la Asamblea y concejos municipales salientes y que pueden apoyar las iniciativas tanto del gobernador como a las de los 15 alcaldes y alcaldesas, en este año y medio que les queda de Gobierno por un bien común. En La Guajira; hay que aprovechar las buenas intenciones del presidente De la Espriella, quien manifestó que La Guajira tiene presidente, ante la imagen de nuestra Señora de Los Remedios.
La remuneración de los miembros de la Asamblea departamental de La Guajira está reglamentada por la Ley 617 de 2000, la cual categoriza a los departamentos según sus ingresos y población. En el caso guajiro, al clasificarse dentro de la cuarta categoría departamental, la Ley establece que los honorarios totales del mes de sesiones se limitan a esa proporción fija de 18 salarios mínimos; esto equivale a una asignación bruta aproximada de $23.400.000 calculada con base en un salario mínimo de $1.300.000 para el año 2024, que sirve de referente legal nacional).
La Registraduría Nacional del Estado Civil emitirá el calendario definitivo meses antes de la votación, por norma legal se prevé que ocurra a finales de octubre de 2027 donde también serán elegidos los nuevos concejales de Villanueva y en los 14 municipios restantes de La Guajira; desde ya tanto los salientes como lo que aspiran a repetir y los que pondrán sus nombres a consideración, deben estar en sintonía, con las iniciativas del presidente De la Espriella; El nuevo Concejo que será elegido el próximo año, debe tempranamente respaldar las iniciativas que sean buenas para los 15 municipios, sin pedir nada a cambio. Tanto las administraciones municipales como la misma Ley protegen y brindan garantías a todos los honorables concejales.
La Ley 2461 del 18 de junio 2025; Decreto en su Artículo 1° “aumentar el valor de los honorarios de los concejales de municipios de quinta y sexta categoría equiparándolos con los de cuarta categoría, se les incrementó el número de sesiones ordinarias y extraordinarias a cargo del presupuesto central de la Administración municipal. Además tienen el beneficio de la afiliación al sistema de seguridad social en pensión, salud, ARL y cajas de compensación familiar, la Administración municipal deberá realizar los aportes al régimen contributivo.
Villanueva tiene 33.120 habitantes aproximadamente, con unos ingresos presupuestales de libre destinación limitados los concejales, tienen las mismas responsabilidades constitucionales y legales que los corporados de grandes ciudades. En entornos de presupuestos escasos, en casi todos los municipios de La Guajira; su rol es vital para priorizar recursos y evitar sanciones legales por extralimitación o negligencia.
Con el Control Político, deben vigilar la ejecución del presupuesto, evaluar el Plan de Desarrollo; ante presupuestos bajos, su deber es priorizar la inversión social y asegurar que cada peso se ejecute con total transparencia, deben ser extremadamente cautelosos al autorizar créditos o pignorar rentas municipales.
El valor social de un concejal en un municipio de sexta categoría que son la mayoría, Albania, Barrancas, Dibulla, Distracción, El Molino, Fonseca, Hatonuevo, La Jagua del Pilar, San Juan del Cesar, y Urumita; en tercera categoría está Riohacha; en cuarta categoría están Maicao, Manaure y , Uribia; radica, en su rol como puente directo entre la comunidad y la Administración local, ellos representan a la población más vulnerable, defender el presupuesto local, aprobar el Plan de Desarrollo y realizar control político, entre otros deberes, es parte de sus grandes tareas.
El reconocimiento económico por el ejercicio de esta labor social en los municipios de sexta categoría equivale a $311.426 por sesión, con un límite de pago de hasta 80 sesiones ordinarias y 40 extraordinarias al año, como tope máximo. Adicionalmente, se les respalda esta actividad garantizando el pago de su seguridad social (salud, pensión, ARL y cajas de compensación familiar) con cargo al presupuesto municipal.
Aunque la responsabilidad y en muchos casos el perfil profesional de algunos tiene todo el derecho de tener mejor remuneración la Ley es taxativa y es a eso a lo que tienen derecho. Pueden ganar un máximo de $37.371.120 pesos colombianos al año por concepto de honorarios en la vigencia 2026. Este cálculo se basa en el cumplimiento de todas las sesiones máximas permitidas y remuneradas según la reforma de la Ley 2461 de 2025.
Los alcaldes y alcaldesas todavía cuentan con un año y medio de sus gobiernos; con la elección de un presidente, que se posesiona el próximo 7 de agosto y con la bendición de ser costeño, sin lugar a duda, aquellos proyectos vitales para los municipios y gestionados por la Administración, deben darles a los 15 mandatarios, un cierre de Gobierno positivo, con el acompañamiento responsable del Concejo municipal, por un bien común, por sus municipios y una Guajira más próspera y competitiva.
Sí; la forma de hacer política en el país dará un giro significativo con la llegada del presidente electo Abelardo De la Espriella. Su programa de Gobierno, denominado la ‘Patria milagro’, propone una transformación radical y en eso todos debemos estar sintonizados.








