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El llamado a juicio de Uribe

Por: Fabio Olea Massa
abril 20, 2024
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El llamado a juicio de Uribe
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fabio1962olea@gmail.com

Después de la tempestad viene la calma. Es momento de analizar qué puede pasar con el expresidente Uribe luego del ruido mediático del llamado a juicio por la Fiscalía, que tiene a sus enemigos de fiesta dando por descontado que es culpable. Uribe es inocente mientras no haya en su contra una sentencia condenatoria, pues está amparado por la presunción de inocencia que tiene todo procesado. Al final, creo que saldrá absuelto, o terminará prescrito su proceso, y sus enemigos se quedarán con las ganas de verlo preso en una cárcel.

Hay dos escenarios posibles: uno es que opere la prescripción de la acción penal, el otro, que sea penalmente absuelto de responsabilidad. Nuestro sistema penal acusatorio – para bien – es garantista y se pueden utilizar recursos legales en el trámite de los procesos que demoran su desarrollo. Jaime Granados, defensor muy experimentado, conoce las falencias del sistema, recovecos y subterfugios del derecho penal y sabe cómo utilizarlos, y que el tiempo juega a favor de su cliente para la prescripción del proceso.

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No es precisamente la eficiencia lo que caracteriza a nuestra justicia penal. La justicia tiene flancos débiles y los penalistas saben aprovecharlos. Que la justicia es paquidérmica como elefante; que los términos no se cumplen; que las audiencias se suspenden o aplazan por diversas razones; que los fiscales y jueces están congestionados de trabajo; que las partes o el Fiscal a veces no pueden asistir a una audiencia; que fallan los equipos técnicos de apoyo en las audiencias. Todo eso pasa y conspira contra la eficiencia de la justicia demorando los procesos más allá de un término razonable; prueba de ello es precisamente este proceso que lleva más de 14 de años y apenas arriba a la etapa del juicio.

Los penalistas saben las formas técnicas para demorar un proceso, tales como proponer nulidades, interponer recursos, recusar al juez, renunciar a la defensa (cambio de defensor), excusarse de asistir a una diligencia y otras actuaciones que implican tiempo a favor de la prescripción de la acción penal, que en este caso ocurrirá en octubre del próximo año.

La prescripción de la acción penal se produce cuando se cumple el término legal para adelantar un proceso sin que se haya dictado sentencia, tiene su fundamento en los efectos que el tiempo produce en el derecho y se justifica por la necesidad de poner fin a las investigaciones penales, ya que estas no pueden durar indefinidamente pues se atentaría contra la seguridad jurídica.

La prescripción es una institución legal de raigambre procesal, por lo tanto, es legítimo utilizarla como estrategia defensiva sin que pueda censurarse al defensor que la persiga, siempre y cuando ejerzan en debida forma los instrumentos procesales a su disposición para defender a su cliente; y si en ese camino está la posibilidad de la prescripción, su actuación debe mirarse sin prevención como una estrategia válida del abogado, quien tiene la responsabilidad profesional de actuar y defender a su cliente según su criterio se lo indique, por eso no debe verse como una jugada marrullera o tramposa. Incluso, el enjuiciado puede renunciar voluntariamente a la prescripción en su favor. El defensor puede apostar a la prescripción como estrategia, claro que sí, pero también tiene la posibilidad de contradecir y derrotar la prueba incriminatoria de la Fiscalía llevando al juez al convencimiento de que la declaración del expara Monsalve no sirve como prueba de cargo para condenar, caso en que debe absolver.

De momento el llamado a juicio es una etapa más dentro del proceso, lo verdaderamente importante está por venir en el juicio oral donde se llevará a cabo el debate probatorio y saldrá la prueba legal y necesaria para condenar o absolver al enjuiciado. El tiempo que resta del proceso es muy corto para concluir el juicio oral y emitir una sentencia de instancia, por lo que no se descarta que opere la prescripción del proceso si para el 8 de octubre de 2025 no hay sentencia. En tal evento, la justicia perderá competencia para seguir investigando al Patriota Uribe y su proceso irá a parar al archivo.

Cuando el tiempo haya pasado y Uribe salga libre de este lío judicial habrá ganado la batalla a la mayor infamia cometida en su contra por la malquerencia del senador Iván Cepeda, quien en su perverso deseo de venganza lo ha perseguido y sometido a un proceso penal basado en un testimonio cuestionable, todo con el fin de desprestigiar la honra y el buen nombre del único presidente que se ha atrevido a enfrentar a las guerrillas comunistas de este país, y de quien el asesinado Fiscal argentino Alberto Nisman dijera: “Uribe es el muro de contención que separa a Colombia del Comunismo”.

Nada está resuelto aun como para que los enemigos del Patriota celebren por anticipado la derrota judicial de Uribe. Uribe no va a ir preso, la verdad y la justicia triunfarán.

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