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Ejecuciones extrajudiciales

Por: Martín López González
mayo 15, 2021
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“Apoyemos el derecho de soldados y policías de utilizar sus armas contra la acción criminal del terrorismo vandálico”; este trino resume la interpretación que el uribismo en el poder le da a la protesta ciudadana. Tal errado diagnóstico no puede sino conducir a un manejo inadecuado de la situación que vive el país. De paso incita, como casi todo lo que sale de ese teléfono móvil, al odio y a la violencia. El mensaje era tan peligroso que la red social decidió retirarlo, ya que le daba carta blanca a las fuerzas del orden a disparar, como terminó ocurriendo en varias ciudades contra manifestantes civiles desarmados.

El homicidio de manera deliberada del joven Marcelo Agredo, de 17 años, quien había lanzado una patada contra un policía en el oriente de Cali y segundos después el agente sacó su arma de fuego y le disparó causándole la muerte de manera inmediata, es una ejecución extrajudicial. No fue más que un servidor público que se apoyó en la potestad del Estado para justificar su reacción criminal. Al expresidente Uribe le debió parecer plausible la reacción del agente y decidió pedirles a sus seguidores apoyarla e invitar a los miembros de la Fuerza Pública a imitarlo. De paso se activó un neoparamilitarismo urbano.

Provocar que los agentes usen sus armas y disparen sin distinción a gente civil desarmada es la más flagrante ofensa para todas las reglas de protección de los Derechos Humanos. Es, además, una insensibilidad con los soldados y policías que terminan convertidos en asesinos y procesados por haber acatado el macabro consejo, del que se arrepentirán por el resto de sus días. Similar a lo ocurrido con 1.500 militares que estuvieron involucrados en la práctica de los “falsos positivos”, asesinatos a sangre fría de civiles inocentes, con los que las fuerzas armadas presentaron buenos resultados al para el combate a las guerrillas. 

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Produce terror ver la información que fluye en las redes de la violencia desatada por la muerte en las calles, decenas de jóvenes muertos, otros muy cerca de ser procesados y purgar condenas en las cárceles. Lo común de las víctimas y los victimarios es que todos son hijos del pueblo puestos en confrontación por el odio que solo piensa en beneficios políticos. Tanto los caídos como los que dispararon pertenecen a sectores sociales vulnerables excluidos de la élite económica, social y política, que cada día se hace más distante, pues Colombia es el paraíso de la exclusión. Los pocos ricos lo son más, a expensas de los más pobres, por el fallido sistema económico imperante y que la reforma tributaria pretendía profundizar.

El difunto joven que agredió al policía debió ser capturado y procesado por el delito cometido; la protección del derecho a la vida no puede ser suspendida en ninguna circunstancia. La aplicación de la pena de muerte está estrictamente regulada en los tratados internacionales, con una implícita preferencia hacia su paulatina abolición. “Se reconoce conceptualmente como una ejecución extrajudicial, cuando se consuma la privación arbitraria de la vida por parte de agentes del Estado o con la complicidad y tolerancia de éstos, sin un proceso judicial o legal que lo disponga”. El agente estatal juzgó, declaró culpable y ejecutó la sanción; pena de muerte. El nuevo Código de Policía penaliza el irrespeto, la agresión o el desafío a la Policía, el cual contempla una multa de alrededor de un salario mínimo, además de una participación en programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia. La policía colombiana es hoy un ente autónomo, ideologizado que se reforma y se controla a sí mismo y ve en la protesta social una amenaza subversiva, por su entrenamiento de corte fascista. La ejecución extrajudicial de marras es una violación que se consumó en el ejercicio del poder del cargo del agente estatal como una acción derivada de un patrón de índole institucional.

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