La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso una multa de $670 millones a Colombia Telecomunicaciones S.A. E.S.P. BIC (Movistar), tras comprobar que la compañía realizó contactos comerciales no autorizados a través de llamadas, mensajes de texto y WhatsApp.
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La sanción, emitida mediante la Resolución 78138 del 2 de octubre de 2025, fue confirmada por la Delegatura para la Protección de Datos Personales, al determinar que la empresa infringió las disposiciones legales sobre el tratamiento de información privada.
El proceso se originó a raíz de una denuncia ciudadana que alertó sobre prácticas de mercadeo indebidas. De acuerdo con la investigación, Movistar habría contactado reiteradamente a usuarios de otras operadoras sin contar con la autorización previa, expresa e informada exigida por la ley.
La Superintendencia concluyó que esta conducta vulneró el derecho fundamental al habeas data y la intimidad personal, subrayando que el envío de mensajes o llamadas no solicitadas no constituye una infracción menor, sino una violación directa a la privacidad y la tranquilidad de los ciudadanos.
Al justificar la sanción, la Delegatura recordó que la protección de los datos personales garantiza derechos esenciales como la intimidad y la vida privada, y advirtió que las comunicaciones no deseadas o realizadas en horarios inapropiados atentan contra el respeto a los titulares de la información.
La SIC reiteró que ninguna estrategia de mercadeo puede estar por encima del consentimiento del ciudadano, e instó a las empresas a cumplir las normas establecidas en la Ley 1581 de 2012, sobre protección de datos personales.








