La diputada Oriana Zambrano, denunció públicamente que es víctima de violencia política, en la Asamblea departamental por el voto negativo que sufrió el proyecto de ordenanza que radicó “por medio del cual se establece con carácter obligatorio la transversalidad de género en el departamento de La Guajira”, al no dársele el derecho de la defensa y sustentación de esta.
“Nuestra voz fue callada y nuestras demandas atropelladas, no renunciamos a ejercer nuestro derecho de legítima defensa y al debido proceso”, expresó.
Debido a la situación, la diputada interpuso recurso de apelación al proyecto de ordenanza, y solicitó a la plenaria de la Asamblea departamental, actuar de conformidad y declarar la nulidad del acta de la sesión No 100 de fecha 19 de noviembre de 2021 y en su defecto ordenar una sesión especial para resolver las irregularidades observadas y ajustar lo actuado.
En ese sentido, la diputada denunció una serie de irregularidades ocurridas en la sesión del día 19 de noviembre, la que considera viciada de nulidad por contravenir las disposiciones constitucionales del derecho a la igualdad, a la defensa y al debido proceso, además del reglamento interno de la Asamblea departamental.
De esas irregularidades destaca incluir en el orden del día para discusión en tercer debate del PO 013 de 2021, sin haber sido debatido en primero y segundo de conformidad en el dispuesto en el artículo 69, que establece que cada proyecto de ordenanza debe surtir tres debates, en días distintos.
Expresó, que en gracia de discusión, podría pensarse que se trató de un error de transcripción y realmente el proyecto de ordenanza fue incluido para su discusión en Primer debate, sin embargo, al analizar la formalidad, encontró que la discusión consignada en el acta viciada, no corresponde ni al primero, ni al tercer debate; correspondería en caso de haberse observado las formalidades instituidas, al segundo debate, siendo el objeto de la discusión y análisis el informe de Comisión, que no existió.
“El primer debate se constituye en sí, en un trámite interno, sin lugar a debate en sesión plenaria. Como se mencionó, el segundo debate en plenaria solo se surte con base en el informe de ponencia (positivo o negativo). Haberse dado el debate sin la formalidad del informe generó una grave violación al debido proceso y al derecho de defensa del autor (a) del proyecto”, dijo.
Agregó, que la decisión de archivar el proyecto en el primer debate sin informe de ponencia que tomaron siete diputados que constituían mayoría en la sesión, es irregular y se constituye en otra violación grave al debido proceso, por contrariar el derecho a la segunda instancia.