Varias sorpresas se presentaron al culminar la fecha y horario de inscripción de las listas a la Cámara de Representantes por el departamento de La Guajira.
Una de esas sorpresas es la inscripción del líder juvenil Luis Lobo, por el movimiento Pacto Histórico, quien lideró el grupo de los jóvenes que participaron de la huelga de hambre en las ciudades de Riohacha y Bogotá reclamando algunas reivindicaciones sociales en beneficio de las comunidades vulnerables.
Por el Partido de la U se inscribieron Alejandro Rutto, Aldo Anichiaricco e Idelfonso Medina.
En tanto, por el Partido Liberal la lista la conforman Jorge Martelo Yepes, Pedro ‘Pello’ Solano y Adilen Natividad Hinestroza.
El Partido Conservador inscribió a Juan Loreto Gómez Soto.
Cambio Radical logró inscribir a Gina Gnecco, Jorge Eduardo Pérez Smith y Jorge Iván Suárez Daza.
Por el Partido Colombia Renaciente se inscribieron Miguel Andrés Pitre Ruiz, Teresa Iguarán y Jorge Cerchar.
También se inscribió el exconcejal del Distrito de Riohacha, Pedro Arteta, avalado por el Partido Colombia Justa y Libre, en coalición con el Mira. Lo acompañan Mariela Moreno Osorio y Jesús Javier Yancy Pertuz.
Luis Lobo encabeza la lista cerrada del Pacto Histórico. Se inscribió acompañado de Félix Rosanía.
Actualmente, La Guajira cuenta con dos representantes: María Cristina Soto, en representación del Partido Conservador, y Alfredo Deluque Zuleta, por el Partido de la U, quienes buscan conservar sus curules en el Congreso.
Cabe indicar que Alfredo Deluque Zuleta se inscribió al Senado de la República en la lista de la U.
Se conoció además de otros profesionales de La Guajira que decidieron aspirar al Senado de la República, como Martha Peralta, Jorge Guevara, Luis Colmenares, Liana Díaz Iguarán, Miller Soto, Jaifer Sierra, Indalecio Dangond Baquero, Luis De La Hoz e Imelda Daza.
Algunas de estas listas serán modificadas en fecha definida por la Registraduría Nacional.
El movimiento Nueva Guajira no logró inscribir su lista integrada por Lina Fuenmayor, Jarlen Garrido y Pedro Solano. Sin embargo, Solano logró aval del Partido Liberal y se inscribió.
En el momento La Guajira no cuenta con senador propio, razón por la cual los candidatos inscritos esperan el respaldo de los guajiros para conquistar dos o más escaños en esa corporación.
Conformación
La Cámara de Representantes la conforman dos representantes por cada circunscripción territorial y uno más por cada 365.000 habitantes o fracción mayor de 182.500 que tengan en exceso sobre los primeros 365.000. Para la elección de representantes a la Cámara, cada departamento y el Distrito Capital de Bogotá conforman las circunscripciones territoriales.
Por ley se puede establecer una circunscripción especial para asegurar la representación en la Cámara de los grupos étnicos, de las minorías políticas y los colombianos residentes en el exterior. Para ser representante se requiere ser ciudadano en ejercicio y tener más de 25 años a la fecha de la elección.
¿Qué es ser representante?
Se elige por circunscripción territorial y especial de la siguiente forma: Dos representantes por cada circunscripción territorial y uno más por cada 365.000 habitantes o fracción mayor de 182.500 que tengan en exceso sobre los primeros 365.000.
Para la elección de representantes a la Cámara cada departamento y el Distrito Capital de Bogotá conforman las circunscripciones territoriales.
Incompatibilidades
Los congresistas no podrán: Desempeñar cargo o empleo público o privado, gestionar, en nombre propio o ajeno, asuntos ante entidades públicas o ante las personas que administren tributos, ser apoderados ante las mismas, celebrar con ellas, por sí o por interpuesta persona, contrato alguno. La ley establecerá las excepciones a esta disposición.
Además, ser miembro de juntas o consejos directivos de entidades descentralizadas de cualquier nivel o de instituciones que administren tributos.
Celebrar contratos o realizar gestiones con personas naturales o jurídicas de derecho privado que administren, manejen o inviertan fondos públicos o sean contratistas del Estado o reciban donaciones de éste. Se exceptúa la adquisición de bienes o servicios que se ofrecen a los ciudadanos en igualdad de condiciones.
Se exceptúa del régimen de incompatibilidades al ejercicio de la cátedra universitaria.
Se indica, que el funcionario que en contravención del presente artículo, nombre a un congresista para empleo o cargo o celebre con él un contrato o acepte que actúe como gestor en nombre propio o de terceros, incurrirá en causal de mala conducta.