En un fallo de segunda instancia, la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Sección Quinta del Consejo de Estado, confirma la elección de Genaro Redondo como alcalde de Riohacha.
Así las cosas ratifica en definitiva la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de La Guajira Del 31 de julio de 2024, mediante la cual se negaron las pretensiones de la demanda de nulidad electoral por doble militancia, presentada por los ciudadanos Emiliano José Arrieta Monterrosa y Edwin Díaz Ortiz.
En el fallo del Tribunal de La Guajira se indica como el Grupo Significativo de Ciudadanos Genaro, no nació a la vida jurídica, el demandado en el momento en que se cumplió lo indicado en la cláusula vigésima, no incurrió en irregularidad alguna, pues, para ese momento, estaba militando en un sólo partido, el cual es el Demócrata, dado que no existió jurídicamente el otro grupo en el que aparentemente militaba.
A juicio del Tribunal, para mayor garantía del proceso electoral, tal definición sobre la conformación o no del grupo significativo debe realizarlo la autoridad electoral antes de autorizar la inscripción del candidato en los comicios. Autorizar o negar la participación con posterioridad al inicio del debate electoral afecta e incide en los derechos políticos de los sufragantes y de los candidatos. Y, ello es comprensible como consecuencia de la declaratoria condicionada de la exequibilidad de la norma, al extenderlo a los partidos, movimientos y grupos sin personería, pues, la ley ab initio no tuvo ese supuesto.
Así las cosas, el Consejo de Estado con ponencia de la magistrada Gloria María Gómez Montoya, exhorta al Tribunal de La Guajira para que, en lo sucesivo, tenga en cuenta y aplique la normativa que rige el proceso especial de nulidad electoral, en específico las reglas de trámite de las medidas cautelares.
En ese orden de ideas, al no prosperar los argumentos de las impugnaciones, se confirmará la sentencia recurrida y el alcalde de Riohacha, Genaro Redondo, electo popularmente podrá continuar en el cargo para el periodo 2024-2027.