El Concejo del Distrito de Riohacha, aprobó el acuerdo 022 de 2024, sobre las sanciones tributarias y tasa de interés moratorio de manera transitoria.
El concejal ponente, Cristian Bermúdez, de la Comisión Primera de presupuesto y asuntos fiscales, defendió la iniciativa y logró el concurso de sus compañeros para aprobarlo en plenaria.
El acuerdo establece que los contribuyentes responsables y agentes retenedores que a 30/12/2024 cancelen el total de su obligación o suscriban facilidades de pago por concepto de impuestos, tasas, estampillas y sobre tasas respecto a las obligaciones que presenten mora a la entrada en vigencia del presente acuerdo, podrán acogerse a la reducción transitoria de sanciones y de la tasa de interés moratorio en los siguientes términos:
Las sanciones se reducirán al 0% por monto previsto en el estatuto de rentas Distrital; la tasa de interés moratoria establecida en el artículo 115 del estatuto de rentas de Riohacha será liquidada diariamente a una tasa de interés diario que sea equivalente al 0% de la tasa de usura vigente, determinada por la Superintendencia financiera de Colombia para las modalidades de crédito de consumo.
El plazo máximo de suscripción de las facilidades de pago será de 12 meses, contados a partir de la suscripción del mismo.
En caso de incumplimiento, las resoluciones mediante las cuales se otorgó la facilidad de pago prestarán mérito ejecutivo sin que se requiera de liquidación oficial u otro acto, y procederá al procedimiento de cobro coactivo respectivo por la suma de la obligación, más el 100% de las sanciones e intereses sobre los cuales versa dicha facilidad de pago.
El beneficio aplica también para aquellos contribuyentes que hayan suscrito acuerdo de pago y se encuentre vigente, o que estén siendo objeto de procesos de cobro coactivo o se encuentre en discusión administrativa y judicial, y su aplicación dará lugar a la terminación de los respectivos procesos.
Para el caso del impuesto de industria y comercio y complementarios de avisos y tableros, este beneficio aplica únicamente para los años gravables 2021, 2022 y 2023. El beneficio no aplica las sanciones impuestas en liquidación pendiente independiente.