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Elección de jueces y magistrados por voto popular

Por: Leandro Alberto Sampayo Vergara
octubre 24, 2024
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Elección de jueces y magistrados por voto popular
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Es hora de poner en debate público en Colombia la necesidad de reformar la Constitución Política de Colombia y la ley en lo referente al sistema de selección y escogencia de los jueces y magistrados, sin que ello no implique reconocer los esfuerzos que se han venido desarrollando en estas últimas décadas con la expedición de la ley estatutaria de administración de justicia, permitir que los que imparten justicia sean más libres e independientes y con jueces legítimos. Es decir, con jueces que gocen de la simpatía ciudadana.

Es muy evidente que en Colombia la selección por los concursos de méritos de los jueces y magistrados ha sido cuestionada constantemente e incluso con acciones judiciales, por la poca transparencia de los mismos, permitir que los actuales sean escogidos por voto popular implicaría un mayor grado de responsabilidad para a aquellos que pretendan aspirar, donde deberán demostrar al pueblo como poder primario sus calidades profesionales en las distintas áreas del Derecho, cumplir además de otra serie de requisitos adicionales para garantizar la idoneidad del aspirante y crear una lista de elegibles de acuerdo al resultado de la votación por cada aspirante con posibilidad de un segundo renglón o de un aspirante suplente en caso de ausencia definitiva para garantizar la continua prestación del servicio, tener jueces y magistrados elegidos por voto popular conllevaría a una garantía de cautividad porque las personas juzgadoras les deben su permanencia en el cargo a poderes externos a su labor específica, es decir cómo son elegidos por voto ellos deberán cumplir su mandato expresado en las urnas de lo contrario no podrán ser reelegidos y las fuerzas externas estarían controlando el contenido de fallos en estricto y único apego al Derecho.

Lo que sí sería importante es que todos los candidatos a ocupar cargos de jueces y magistrados tengan que pasar primero por un filtro para poder aspirar a los cargos. Luego, lo que los electores decidan quienes serán los jueces, cabe destacar que en estos casos que de sistema de elección de jueces es permitir que los candidatos realicen campañas privadas para darse a conocer porque La gente no sabe quiénes son los jueces que se postulan, con una serie de limitaciones para que esas campañas privadas puedan «crear igualdad de oportunidades», evitando que quien tenga mayores recursos tenga también mayor exposición, permitiendo que todos los candidatos tengan espacios iguales en televisión, radio y la prensa para promocionarse.

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Para concluir y si analizamos lo establecido en el artículo 258 de la Constitución Política, el voto es un derecho y un deber ciudadano. Es el mecanismo de Participación Ciudadana por excelencia, pues, a través de él, los ciudadanos eligen sus candidatos a cargos de elección popular y además sirve como medio para la realización de los otros Mecanismos de Participación Ciudadana instituidos por la Constitución, luego entonces permitir que el voto popular para elegir jueces y magistrados no debe considerarse como algo negativo para impartir justicia, pero sí es prioritario fortalecer la fase de la preselección de candidatos. Que se garanticen candidaturas idóneas y que la verificación del cumplimiento de los requisitos de candidatos esté a cargo de un órgano independiente. Si aseguramos que dichos procesos privilegien los criterios de mérito, experiencia e independencia, entonces el voto popular  ratificaría una elección meritoria en las fases previas de preselección y selección de candidatos.

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