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Deuda ancestral: ¿deuda eterna o diálogo pendiente?

Argumento irrefutable para exigir compensaciones

Por: Luis Colmenares Rodríguez
mayo 22, 2026
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Deuda ancestral: ¿deuda eterna o diálogo pendiente?
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Cada vez que se anuncia un proyecto de infraestructura, una política pública o una obra de interés general, aparece con fuerza el concepto de ‘deuda ancestral’ o ‘deuda histórica’. Lo invocan autoridades tradicionales, organizaciones indígenas y sus voceros legales como argumento irrefutable para exigir compensaciones, transferencias, vetos y territorios. La pregunta que muchos colombianos nos hacemos en silencio, por temor a ser tachados de racistas o insolidarios es esta: ¿cuándo terminará de pagarse esa deuda? ¿Y quiénes somos exactamente los deudores?

La deuda histórica existe. No es un invento ni una exageración: despojo de tierras, genocidio y etnocidio colonial. Hasta ahí, de acuerdo.

Pero el reconocimiento de una deuda histórica no puede convertirse en un cheque en blanco sin destinatario preciso, sin rendición de cuentas y sin límite temporal. Y eso, en la práctica, es lo que algunos sectores están reclamando.

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Pensemos en La Guajira. El Departamento es rico en vientos. La transición energética convirtió ese recurso en una oportunidad que el país entero necesita para cumplir sus metas climáticas. Proyectos como el parque eólico Windpeshi, entre otros, que contaban con consultas previas aprobadas por las comunidades, fueron bloqueados sistemáticamente por comunidades vecinas que exigían también ser consultadas y compensadas. El resultado: obras detenidas en más del 60%, pérdidas millonarias y el abandono del proyecto. La pregunta legítima que surge es si el derecho a la Consulta Previa se está ejerciendo como mecanismo de protección genuina o como instrumento de enriquecimiento personal.

No estoy negando que las consultas previas deban ser serias, libres e informadas; sino que el derecho a ser consultado no equivale a un poder de veto absoluto sobre proyectos de interés nacional, ni a un derecho exclusivo de propiedad sobre la totalidad del territorio departamental. Los derechos, en el ordenamiento constitucional colombiano, son universales y recíprocos, no son patrimonio exclusivo de ningún grupo étnico.

Hay otro aspecto que inquieta: la opacidad en el manejo de los recursos transferidos. El Sistema General de Participaciones destina recursos específicos a los resguardos indígenas con el propósito, en principio noble, de saldar una deuda social. Sin embargo, la realidad en La Guajira muestra una ‘grotesca desviación’ de ese objetivo porque está probado que algunos líderes administran esos recursos para beneficio personal y familiar, mientras niños wayuú mueren de desnutrición. Incluso, la Corte Constitucional tuvo que ordenar a los municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia que rindan informes detallados a los órganos de control sobre el destino de cada peso transferido. Cuando la Corte tiene que intervenir así, es porque algo está gravemente mal. No en el Estado solamente, sino también en quienes reciben y administran esos recursos.

Yo reconozco los horrores del pasado. Pero yo, ciudadano colombiano que nació siglos después de la Independencia, que paga impuestos, que no despojo a nadie de ninguna tierra y que también tiene necesidades insatisfechas, me pregunto desde qué principio jurídico y moral soy responsable personal de crímenes cometidos hace cinco siglos para tener que asumir una deuda ancestral. La responsabilidad estatal, que existe y debe cumplirse, es del Estado como institución, financiada con los recursos de todos, incluidas las propias comunidades que se benefician de los servicios públicos nacionales sin aportar un peso.

Los derechos, sin deberes correlativos, no son derechos sino privilegios. El Convenio 169 de la OIT garantiza autonomía indígena «dentro del marco de los Estados en que viven», no por encima de ellos. La diversidad cultural que consagra el artículo 1 de nuestra Constitución implica un diálogo entre iguales, no la superioridad de una cultura sobre las demás ni la exclusión del ciudadano mestizo, campesino o afrocolombiano que también habita el territorio y tiene los mismos derechos.​

Un llamado a la reflexión. Los pueblos indígenas merecen reparación real: tierra, agua, educación, salud y autonomía genuina. Pero esa reparación debe estar acompañada de rendición de cuentas, de inclusión de todos los miembros de la comunidad y de un ejercicio de la autonomía que no destruya el bien común. Las deudas históricas, cuando son legítimas, se pagan con justicia y transparencia, no con impunidad ni con exclusión del otro. Y como dijo el filósofo de La Junta: «Se las dejo ahí…”.

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