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De nada sirve el Decreto nacional que prohíbe exportación de carbón a Israel

Por: Martín Nicolás Barros Choles
agosto 28, 2024
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De nada sirve el Decreto nacional que prohíbe exportación de carbón a Israel
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El presidente Gustavo Petro expidió el decreto 1047 del 14 de agosto de 2024, en el cual prohíbe las exportaciones de carbón destinadas al Estado de Israel. Las dos principales concesiones de operadores en explotación y comercialización del mineral corresponden a sociedades Carbones del Cerrejón y Drummond, dueñas del carbón de Colombia, con derecho para manejar el negocios de  ventas a su antojo, sin limitaciones,  ni  obligación de pedir  permiso porque disponen de facultades y atribuciones plenas para comercializar el carbón con naciones  interesadas, sin impedimentos para  formalizar ofertas privadas comerciales, sujeto a  término de  duración,  sanciones  y penalidades;  entre otros, amparados con garantías, seguros bancarios o prendarios.

El carbón que despachan  de las minas de La Guajira y el Cesar en nada afecta la exportación del producto con destino a la nación asiática, porque Colombia, al concesionar de forma total la extracción y comercialización de carbón,  únicamente está sujeta al pago de regalías, sobre las cuales descontaban a territorios mineros costos de producción supuestamente en boca de mina, pero también le clavaban transportes y servicios portuarios; globalizando los gastos operativos deducidos de regalías en 30 dólares por tonelada.

Los ingresos deducidos de los pagos de regalías constituyen ganancias para los operadores que deben ser declaradas pagando el impuesto de renta. Lo inconcebible ha sido transformar las regalías en anticipo de pago del citado impuesto, deducible de las rentas que obtienen de las operaciones diferentes e independientes de las ganancias que originan la comercialización del mineral en el exterior.

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Por obra de un reelegido expresidente, avalado por reciente sentencia de la Corte Constitucional, le regalan el carbón a operadores mineros retribuible con impuesto de renta, cuando la Nación tiene derecho a regalías por la extracción del producto en el territorio independiente del impuesto nacional de rentas que se causen por ganancias operativas.

Colombia no es dueña del carbón de Cerrejón, ni de la Drummond, ni siquiera socia, para participar e incidir en el negocio comercial concesionados debido a la contratación adjudicada, cuyos términos vencen durante la década de los años 30. En síntesis y conclusión, con los derechos de regalías territoriales en Colombia financian los gastos de operación de explotación  minera y a la vez, compensa abonos deducibles por concepto de anticipo del pago de rentas sobre ingresos líquidos del operador, sobrado de ganancias por punta y punta, exonerado del pagos por impuestos, del IVA a importaciones, combustibles, vehículos de carga a La Guajira y pago de remesas por transferencias financieras.

Para hacer efectiva la prohibición de venta de carbón a Israel primero tendría el presidente que revocar las concesiones de los operadores mineros, reivindicando derechos autónomos en favor de la Nación. De lo contrario, se incurriría   en hechos graves de consecuencias futuras fatales, previsibles e injustificables, por violación de acuerdos y tratados internacionales demandables de manera caprichosa, radical y temeraria. ¿Valdrá la pena lanzarse al vacío, provocando el levantamiento de tormentas, en comentarios y opiniones, que inhibe desarrollo y progreso, generando pérdidas de tiempos y desgastes para el Gobierno?

Aun cuando el objeto de la prohibición radica en ventas, el referenciado decreto hace alusión a exportaciones limitando el despacho de transporte marítimo de Colombia con destino directo a Israel. Como no se han incluido las ventas en el decreto, puede operar en tercerización de cargue y descargue, en tránsito y reexportación, manejadas por empresas navieras, recibiendo el Estado de Israel de manera indirecta, carbón remitido desde Colombia. El Gobierno del presidente Gustavo Petro, no tendría cómo controlar las vigencias del decreto prohibitivo, porque ni siquiera tiene injerencia para prácticas de auditorías, que permitan suministrar información relacionada con el volumen de extracción, comercialización, valor de ventas en dólares, lugares de destinos y registro de comercializadores, liquidación de regalías etc.

El citado decreto ha alarmado y generado algarabía a los corruptos beneficiados de las regalías, quienes emprenden a despotricar contra el presidente, atribuyendo que perjudicaría a La Guajira y el departamento del Cesar. En La Guajira, no creo que afecte en más de lo que ha sido perjudicada por aquellos que en otros hechos negativos con La Guajira, guardando silencio hipócrita, sin representantes que hayan liderado defenderla, utilizando transferencias de regalías para enriquecimientos ilícitos de mandatarios en todos los órdenes descendiente (nacional, departamental y local), legisladores, diputados y concejales.

A La Guajira le daría igual que venden y despachen o no carbón a Israel. ¿De qué tanto ha servido la cantidad de regalías recibidas en La Guajira? ¿Dónde estaría el beneficio? En cuentas y bolsillos de quienes gobiernan y otros restantes, comprometidos en pagos de créditos. Las regalías han servido para incrementar endeudamientos a la nación, departamentos y municipios mineros. De igual forma, para apropiárselas a título de robo sin escrúpulos, en oportunidades ligadas con mandatos y poder.

Las acciones horribles y desastrosas del Ejército de Israel contra la humanidad palestina son totalmente repudiables. ¿Cuántas personas deben masacrar o asesinar para saciar la sed venganza? El mundo rechaza con vehemencia el genocidio de holocausto y crimen que azota y golpea a la Franja de Gaza, en asentamientos palestinos, acosados y maltratados a manera de castigo. Estos hechos brutales dan para muchas cosas, pero no sobra reflexionar y enfriar la cabeza para analizar y repensar un lanzamiento a un propósito específico o una aventura, consultando y recibiendo asesorías informativas que empaticen y conjuguen con lo que se persiguen para no vagar en el vacío y terminar estrellado.

Los convenios y tratados internacionales son de obligatorio cumplimiento amparado en disposiciones legales a término estipulado. No todos los israelíes comulgan con la guerra desatada por el Gobierno. Es pertinente no romper de tajo unas relaciones de servicios y comercios internacionales con Israel. De no cumplirse o limitarlos, conllevaría a demandas de altas cuantías que vienen desangrando a la nación con pagos billonarios sin repetir contra los  servidores públicos responsables que deben ser condenados a pagarle a  la nación lo que ella pagó por  causas de corrupción y  responsabilidad en operaciones y fallas en la prestación de servicios públicos.  Colombia firmó un tratado de libre comercio (TLC) con Israel, con quien no tiene conflictos bélicos, aún está vigente y debe cumplir con el objeto comercial contratado, no obstante estar en desacuerdo con arremetidas horrorosas y brutales contra seres humanos palestinos.

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