El Juzgado Octavo Penal del Circuito de Ibagué, Tolima, acogió una acción de tutela de la Procuraduría que busca proteger el derecho fundamental a la vida digna e integridad personal de las personas privadas de la libertad que se encuentran en la Estación de Policía Permanente Central, de esa ciudad.
Al respaldar los argumentos del Ministerio Público, la juez ordenó a las entidades objeto de la acción de tutela adelantar las acciones necesarias para proteger y garantizar los derechos de los 372 internos que se encuentran en condiciones precarias en el centro de reclusión transitoria que alcanza el 560% de hacinamiento.
De acuerdo con el fallo de primera instancia, el evidente hacinamiento en que se encuentra la Estación de Policía “implica que las condiciones de vida de las personas que allí se encuentran, riñan con el Estado Social y Democrático de Derecho consagrado en nuestra Carta Superior”.
En la decisión, la juez ordenó a la Gobernación del Tolima y a la Alcaldía de Ibagué ejecutar el rubro del presupuesto destinado para realizar las adecuaciones locativas en las instalaciones de la Estación de Policía Permanente Central, en un plazo de tres meses.
Las obras dispuestas deberán incluir, entre otras, la construcción de celdas y baterías sanitarias, y de espacios para atención médica, recibir sol y ventilación, recreación y la visita conyugal, cuando esta sea habilitada por el Gobierno nacional y para garantizar la alimentación adecuada del personal privado de la libertad.
Asimismo, requirió a los directores del Complejo Carcelario y Penitenciario de Ibagué Picaleña –Coiba– y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario –Inpec–, trasladar en el término de 48 horas a las personas que se encuentran con sentencia ejecutoriada y privadas de la libertad en la Permanente Central a las instalaciones del Coiba o al establecimiento que determine el Inpec, para que cumplan la pena que les ha sido impuesta.
El juzgado también determinó la creación de una mesa permanente de ayuda y seguimiento liderada por la Procuraduría para velar por el respeto de los derechos fundamentales a la vida e integridad personal, dignidad humana, salud, adecuada alimentación, ambiente sano y resocialización, amparados por la acción de tutela interpuesta.
Igualmente, ordenó al Ministerio Público ejercer vigilancia para que se garantice a los internos el acceso a la administración de justicia, la visita conyugal, familiar y con sus defensores, el derecho de los extranjeros, el respeto de los derechos de la población Lgbti y la presunción de inocencia, puesto que no deben permanecer las personas condenadas con las personas que han sido gravadas con medida de aseguramiento y demás derechos conexos.
Las entidades accionadas fueron el Inpec, el Coiba Picaleña, la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios –Uspec–, la Alcaldía de Ibagué y la Secretaría de Salud Municipal.