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Corte Constitucional califica la difusión de contenido íntimo sin consentimiento como violencia sexual y digital

Por: Vanessa Rey
julio 30, 2026
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Corte Constitucional califica la difusión de contenido íntimo sin consentimiento como violencia sexual y digital
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La Corte Constitucional estableció un precedente en Colombia al señalar que la difusión de contenido íntimo sin autorización constituye una forma de violencia sexual y violencia digital, además de representar una vulneración de derechos fundamentales como la intimidad, la imagen, el buen nombre y el derecho a vivir libres de violencias.

La decisión quedó consignada en la sentencia T-184 de 2026, emitida tras estudiar una acción de tutela presentada por una mujer identificada como Paola. Según el expediente, ella y otra persona grababan contenido íntimo para su publicación en plataformas digitales bajo el acuerdo de restringir su visualización en Colombia. Sin embargo, el material fue compartido sin esas limitaciones y continuó circulando en internet, pese a que posteriormente se prometió retirarlo.

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De acuerdo con la Corte, el incumplimiento de las condiciones pactadas ocasionó afectaciones personales, laborales y sociales para la víctima, quien enfrentó estigmatización, burlas, daños a su reputación y un proceso constante de revictimización.

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Javier Tous, director del Centro de Derechos Humanos del Caribe de la Universidad del Norte, explicó que el alto tribunal analizó el caso con perspectiva de género y concluyó que no se respetaron los límites establecidos por la mujer, lo que derivó en la vulneración de varios de sus derechos fundamentales.

La sentencia también precisa que el consentimiento para la difusión de contenido íntimo debe ser libre e informado y puede retirarse en cualquier momento, especialmente cuando una persona decide que ya no desea que dicho material permanezca publicado.

Además del fallo, la Corte exhortó al Congreso de la República para que tipifique esta conducta como delito. Asimismo, ordenó a las plataformas digitales atender de manera permanente las solicitudes de eliminación de este tipo de contenido y dispuso que la Defensoría del Pueblo y el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones elaboren una guía para prevenir estas conductas y fortalecer la protección de las víctimas frente a fenómenos como la extorsión sexual y la llamada pornovenganza.

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