El Consejo de Estado ordenó la suspensión provisional de varios apartados del Decreto 572 de 2025, mediante el cual el Gobierno nacional había incrementado las tarifas y bases de retención y autorretención en la fuente desde el año pasado.
La decisión del alto tribunal recae específicamente sobre los artículos 2 al 8 de la norma expedida por la administración del presidente Gustavo Petro, tras considerar que el Ministerio de Hacienda no sustentó de manera suficiente las razones técnicas, económicas y jurídicas que justificaban los cambios tributarios.
Según explicó la corporación, aunque el artículo 365 del Estatuto Tributario faculta al Ejecutivo para fijar este tipo de tarifas, también establece que dichas modificaciones deben estar debidamente motivadas y soportadas en aspectos como el monto de los pagos o abonos, las tarifas vigentes y los cambios legislativos que puedan influir en ellas.
Durante el análisis preliminar de legalidad, el Consejo de Estado concluyó que tanto el decreto como los documentos de soporte presentados por el Ministerio de Hacienda carecían de argumentos claros que demostraran la necesidad de implementar las medidas adoptadas.
Con base en ello, el tribunal determinó que se cumplían los requisitos para aplicar la medida cautelar de suspensión provisional contemplada en el artículo 231 de la Ley 1437 de 2011.
La solicitud de suspensión había sido presentada por la senadora y precandidata presidencial Paloma Valencia, quien cuestionó el impacto que, según afirmó, tendría el aumento de la retención sobre las micro, pequeñas y medianas empresas del país.
Tras conocerse la decisión, Valencia aseguró que la medida evitó afectaciones a la liquidez de miles de negocios y defendió que la suspensión contribuirá a proteger empleos en Colombia.








