El Consejo de Estado declaró la nulidad de la Resolución 16439 del 13 de diciembre de 2023, con la cual el Consejo Nacional Electoral (CNE) otorgó personería jurídica al movimiento político Soy Porque Somos, liderado por la vicepresidenta Francia Márquez.
De acuerdo con la decisión de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo, la resolución vulneró los artículos 108 y 262 de la Constitución y carecía de una fundamentación válida.
El alto tribunal argumentó que ‘Soy Porque Somos’ no participó en las elecciones legislativas del 13 de marzo de 2022, al no inscribir candidatos, lo que le impedía coaligarse con partidos que sí contaban con personería jurídica; asimismo, precisó que la trayectoria política de Márquez y de la representante a la Cámara Dorina Hernández Palomino no constituía una base legal para el reconocimiento del movimiento, ya que ambas fueron elegidas con el aval del Polo Democrático Alternativo.
El fallo también destacó que la jurisprudencia de la Corte Constitucional establece reglas excepcionales para la obtención de personería jurídica, las cuales el movimiento no cumplía. Además, indicó que la implementación del Acuerdo de Paz de 2016, citada como justificación en la resolución demandada, no tiene valor normativo autónomo y requiere desarrollo legislativo.
Con esta decisión, Márquez no solo se queda sin cartera ministerial, tras la eliminación del Ministerio de la Igualdad, sino también sin el reconocimiento legal de su plataforma política.
El fallo respondió a una demanda interpuesta por Ximena Echavarría Cardona en contra del CNE y también dejó sin efecto la Resolución 00069 del 10 de enero de 2024, que había corregido un error en la primera decisión.
Cabe recordar que ‘Soy Porque Somos’ había sido avalado en las elecciones regionales del 29 de octubre de 2023, pero con esta determinación pierde su personería jurídica.