El Tribunal Contencioso Administrativo de La Guajira concedió a las partes que participan en la demanda en contra de la elección de la alcaldesa de Albania, Nera Eloisa Robles Bonivento, para que presenten sus alegatos de conclusión y se emita concepto dentro del proceso.
Según el Tribunal, “Una vez notificada la presente decisión, por secretaría ingrésese el expediente de forma inmediata al despacho para proferir sentencia de primera instancia”. Igualmente se prescindirá de la audiencia de alegaciones y juzgamiento, por considerarse innecesaria, y se dispondrá que las partes presenten por escrito sus alegatos de conclusión dentro del término de diez (10) días.
La magistrada Carmen Cecilia Plata Jiménez, expuso que luego de ser visto el informe secretarial se ordenaron la presentación de unas pruebas documentales, las cuales fueron presentadas por la Registraduría Nacional del Estado Civil, en cuanto a lo presentado la funcionaria pidió que se les presentará a las partes para que estas ejercieran el derecho de contradicción.
Acto seguido a lo antes expuesto, el apoderado judicial de la parte demandada, presentó desconocimiento del documento, por lo que, mediante auto del 30 de mayo de 20243, se ordenó correr traslado de tal solicitud, de conformidad con lo reglado en el artículo 272 del Código General del Proceso.
Surtido el anterior traslado, y sin más pruebas por practicar, de conformidad con el artículo 286 de la Ley 1437 de 2011, sería del caso citar a la audiencia de alegaciones y juzgamiento, no obstante, se procederá a dar aplicación al numeral 2 del artículo 181 ibídem, por lo tanto, se prescindirá de la audiencia de alegaciones y juzgamiento, por considerarse innecesaria, y se dispondrá que las partes presenten por escrito sus alegatos de conclusión dentro del término de diez (10) días siguientes a la notificación de la presente providencia, de igual manera podrá el agente del Ministerio Público presentar su concepto de fondo si a bien lo tiene, y una vez vencido dicho término se dictará la sentencia dentro del término de ley.