La Sala aclaró que la aprobación del Plan no implica la superación del estado de cosas inconstitucional en relación con los derechos de la niñez Wayuu.
El Plan se aprueba como un documento esencial para ejercer acciones inmediatas dirigidas a garantizar los derechos de la niñez Wayuu en los términos del Auto 696 de 2022, en otras palabras, como un instrumento de planificación que contribuye tanto a la toma de decisiones, como al seguimiento de las acciones encaminadas a la superación del ECI.
La Sala encontró que los ajustes realizados y las respuestas brindadas por el Gobierno Nacional cumplen con las exigencias técnicas y los parámetros formales ordenados en el Auto 696 de 2022. Las acciones que integran el derecho a la movilidad se habían aprobado mediante el Auto 311 de 2024.
La Sala anunció que valorará el éxito material del plan a partir de los informes que se remitan semestrales que deberá remitir el Mecanismo Especial de Seguimiento y Evaluación de las Políticas Públicas (MESEPP) y que deberán elaborarse con fundamento en la información reportada por las autoridades obligadas en cada una de las acciones que lo conforman.
En el marco de la Sentencia T-302 de 2017 se han proferido las siguientes decisiones sobre medidas cautelares, donde se ordenó la construcción de un Plan Provisional de Acción que permita el goce efectivo los derechos fundamentales de los menores de edad protegidos por la Sentencia T-302 de 2017 y garantice la existencia de un diálogo genuino con las autoridades legítimas del pueblo Wayuu.
En el mismo no fue aprobado el Plan remitido por el Gobierno nacional, y ordenó a las entidades obligadas a remitir un plan integrado y unificado, que cumpliera con los parámetros técnicos y constitucionales. Además, ordenó que las acciones que se encontraban en marcha continuaran su ejecución con el compromiso de ajustarlas y presentarlas en un nuevo plan.
Asimismo, fue declarado el cumplimiento medio de lo ordenado en los Autos 696 de 2022 y 1290 de 2023 y, en consecuencia, aprobó parcialmente el Plan de Acción Integrado y Unificado remitido por el Gobierno Nacional. Adicionalmente, ordenó a las entidades obligadas realizar y remitir los ajustes señalados. De igual manera, les ordenó que continúen con la ejecución de las acciones que se encuentren en marcha.