A 140 meses de prisión (11.66 años) fue condenado Jhon Jairo Barros Pitre por el delito de acto sexual violento, en hechos registrados en la ciudad de Riohacha a finales del año 2018 y comienzos del año 2019, donde la víctima fue su propia hija de tan solo 10 años de edad.
Cabe indicar que la condena fue ejecutoriada por la Jueza Nayke Yanina Pimienta Reverol, encargada del Juzgado Primero Penal del Circuito de la ciudad de Riohacha.
Dicho tribunal se basó para condenar a Jhon Jairo Barros Pitre en una contundente formulación de acusación del ente investigativo, en donde se conoció como este intimidaba a la menor, la inducia al acto sexual violento y cómo esta al no acceder a sus pretensiones, le propinaba golpes para someterla.
El caso ocurrió en un populoso barrio de la ciudad de Riohacha entre finales del año 2018 e inicio del año 2019.
Asimismo, Jhon Jairo Barros Pitre tenía como característica para cometer la conducta punible utilizar un perfume, según él, para atraer a mujeres.
“Ante la negativa de la menor a sus deseos libidinosos, la levantó, tomó una correa y maltrató físicamente a su hija como represalia. Cuando terminó de golpearla, le dijo que lo tenía merecido por no respetar”, indica la formulación de acusación del imputado.
De igual manera resuelve el Juzgado Primero Penal del Circuito de la ciudad de Riohacha que “Barros Pitre no se hace acreedor a la suspensión condicional de la ejecución de la pena, como tampoco a la sustitución de la prisión carcelaria por la domiciliaria, por las razones expuestas en el cuerpo de esta decisión o fallo”.