El Tribunal Administrativo del Atlántico dio trámite a una nueva solicitud de medida cautelar dentro del proceso que busca anular la elección de Leyton Daniel Barrios Torres como rector de la Universidad del Atlántico para el periodo 2025-2029. La petición pretende suspender provisionalmente los efectos del Acuerdo Superior No. 000032 del 27 de octubre de 2025, mediante el cual fue designado en el cargo.
En esta oportunidad, el cuestionamiento está relacionado con el cumplimiento de las normas de publicidad contempladas en el Estatuto Electoral de la institución. La solicitud sostiene que la Universidad del Atlántico no habría divulgado las hojas de vida de los 19 aspirantes antes de la consulta de los estamentos universitarios y de la posterior elección, lo que, según la parte demandante, habría afectado las garantías de transparencia del proceso.
De acuerdo con el expediente, desde el 25 de septiembre de 2025 ya existía un derecho de petición que solicitaba la publicación de las hojas de vida de los candidatos. La Universidad respondió entregando los planes de gestión, propuestas y videos de presentación de los aspirantes, pero no habría divulgado las hojas de vida requeridas.
Pese a este cuestionamiento, la consulta de los estamentos universitarios se llevó a cabo y posteriormente, el 27 de octubre de 2025, el Consejo Superior eligió a Barrios Torres como rector. Ahora, el Tribunal deberá determinar si el presunto incumplimiento de las reglas de publicidad tiene la entidad suficiente para justificar la suspensión provisional solicitada.
Mediante auto del 13 de agosto de 2026, el magistrado ponente Jorge Eliécer Fandiño Gallo ordenó correr traslado de la petición cautelar a la parte demandada durante cinco días. El traslado se hizo efectivo el 14 de agosto y, una vez cumplido el término correspondiente, el despacho deberá decidir si concede o niega la medida.
El Tribunal también analizará nuevas pruebas incorporadas al proceso, entre ellas respuestas entregadas por la Universidad del Atlántico y otras instituciones relacionadas con la controversia. Estas serán revisadas para establecer su correspondencia con los documentos que reposan en el expediente y determinar el valor probatorio que puedan tener dentro del proceso de nulidad electoral.








