La Corte Suprema de Justicia respaldó la decisión adoptada por la Fiscalía General de la Nación de mantener vigentes las órdenes de captura contra 29 integrantes del denominado Clan del Golfo, pese a la solicitud realizada por la Consejería de Paz en el marco de las conversaciones adelantadas con esa estructura criminal.
A través de un pronunciamiento, la Sala de Casación Penal del alto tribunal señaló que comparte el criterio expuesto por la Fiscalía en la Resolución 142 del 11 de mayo de 2026, en la que se argumenta que cualquier medida relacionada con las Zonas de Ubicación Temporal debe estar sustentada en información suficiente y verificable sobre el cumplimiento de los requisitos legales dentro del proceso de paz.
La Corte también advirtió sobre la necesidad de respetar los compromisos internacionales asumidos por el Estado colombiano en materia de cooperación judicial, razón por la cual anunció que permanecerá atenta al desarrollo y correcta implementación de estos mecanismos.
La controversia surgió luego de que el Gobierno Nacional solicitara la suspensión de las órdenes de captura contra 29 integrantes del grupo armado, con el propósito de facilitar su traslado hacia las Zonas de Ubicación Temporal previstas para junio de este año.
Sin embargo, la Fiscalía decidió abstenerse de aplicar de manera automática dicha suspensión hasta contar con mayores claridades jurídicas y verificar el avance real del proceso de paz con la organización criminal.
Según la entidad investigativa, aún es necesario establecer si se cumplen plenamente las condiciones legales requeridas para otorgar garantías judiciales a los integrantes del grupo que participarían en el plan piloto de concentración en las ZUT.
Las conversaciones entre el Gobierno y el Clan del Golfo se desarrollan desde septiembre del año pasado en Doha, Catar, como parte de los esfuerzos para avanzar en un eventual sometimiento o proceso de paz con esta estructura armada ilegal.








