En el reciente fallo de nulidad en contra de la elección del gobernador de La Guajira, Nemesio Roys Garzón, el magistrado de la Sección Quinta del Consejo de Estado, Luis Alberto Álvarez Parra, presentó un salvamento de voto, acompañando la tesis mayoritaria que sacó al mandatario departamental.
A juicio del magistrado, que hace el disentimiento con la decisión adoptada en el presente caso, dijo que: “Para declarar la nulidad de una elección, el juez debe contar con la evidencia suficiente y ponderar todas las situaciones que comporta el caso, en la medida que se van a afectar los derechos del elegido y, de paso, truncar el anhelo de una comunidad que ha otorgado un mandato popular a quien, según su voluntad, merece la confianza pública”.
En ese sentido, el magistrado Álvarez Parra estima que, en el presente caso, “no existe la suficiencia probatoria para concluir que estamos ante una clara, inequívoca e incontrastable vulneración de la prohibición de la doble militancia; por el contrario, existe una duda razonable que no permite llegar a la convicción íntima para declarar la nulidad de la elección”.