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Procuraduría niega pretensiones de demanda de nulidad electoral contra elección del diputado Luis Lobo

Por: Redacción
julio 8, 2024
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Procuraduría niega pretensiones de demanda de nulidad electoral contra elección del diputado Luis Lobo
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El Procurador 154 Judicial II para Asuntos Administrativos, German Alonso Gutiérrez Frías, solicitó al Tribunal Contencioso Administrativo de La Guajira, negar las pretensiones de la demanda de nulidad electoral solicitada por el señor Gustavo Adolfo Daza Morales, contra el acto de elección del diputado Luis Fernando Lobo Barrera.

Para el Procurador Judicial el  hecho de que el entonces candidato a la Asamblea Departamental de La Guajira por la lista de la coalición ‘Pacto Histórico’, Luis Fernando Lobo Barrera, no hubiera realizado actividad proselitista en favor del aspirante a la Gobernación por esa coalición Wilder Navarro Quintero, si bien pudo suponer un desconocimiento a los acuerdos de coalición programáticos y políticos celebrados en fecha 09 de Julio de 2023 entre el Partido Unión Patriótica-UP, Colombia Humana, Polo Democrático Alternativo, Todos somos Colombia, Partido Comunista Colombiano, Partido Esperanza Democrática y el Movimiento Fuerza Ciudadana, en modo alguno  puede aparejar como sanción la nulidad del acto electoral, pues dicho incumplimiento no estribó en actos concretos y corroborables del señor Lobo Barrera  hacia otra candidatura ajena a la de la coalición; situación que debía “aflorar de manera evidente o de bulto, es decir, revistiendo al operador judicial tantos elementos de juicio que permita superar toda duda razonable para que este pueda colegir que en el caso concreto se presentó la causal de nulidad endilgada (doble militancia) y de esa forma advertir que el candidato traicionó la voluntad del electorado”.

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En consideración a lo anterior, el suscrito agente del Ministerio Público destacó que luego de realizar una exhaustiva búsqueda entre los elementos probatorios obrantes en el expediente puede concluirse que no hay un solo acto a través del cual el candidato a la Asamblea Luis Fernando Lobo Barrera hubiera manifestado su apoyo a la candidatura a la Gobernación del aspirante de la coalición ‘Unidos por La Guajira’, Jimmy Rahall Boscán Torres.

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De hecho, en las entrevistas realizadas a medios radiales que fueron aportadas al plenario, el ahora diputado fue insistente simplemente en la “necesidad de establecer consensos” y en la “necesidad de aperturar diálogos con otras fuerzas”; expresiones que políticamente no son per se reprochables, ni conllevan a la nulidad del acto electoral a la luz de los postulados trazados por los artículos 2º de la ley 1475 de 2011 y 275-8 de la ley 1437 de 2011.

Aún más, esa necesidad de convergencia fue planteada por el demandado partiendo desde una idea de incluir en dicho diálogo al candidato de la coalición ‘Pacto Histórico’, Wilder Navarro Quintero, como puede apreciarse en dos videos en que fue fragmentada una entrevista en la carpeta en los que sostiene: “(…) Creemos también que hay que aperturar la discusión política con otras fuerzas y por supuesto que esto incluye a Wilder Navarro, incluye la posibilidad de aperturar con Jimmy Boscán e incluso la misma Laura Andriolis  y nosotros tendremos que jugar un rol ahí que no deba ser tímido”.

Y al ser consultado directamente sobre la candidatura a la Gobernación del aspirante del ‘Pacto Histórico’, subrayó: “Frente a la candidatura de Wilder Navarro, pues yo creo que esa pregunta hay que hacérsela al mismo compañero Wilder Navarro. Yo vuelvo e insisto: mi partido está avalando a Wilder Navarro, es decir, mi deber es respaldar la candidatura a la Gobernación de Wilder Navarro, pero no digo esto solamente por el tema de ser políticamente correcto y no inhabilitarme en la emisora; pero sí hay un montón de base política, social que no se siente reconocida en el otro bloque político que lleva una candidatura que ha mantenido el poder departamental por muchos años y esa base social que es cercana a nosotros ha tomado decisiones y quiere aperturar una discusión con otras fuerzas”.

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