El Consejo de Estado, en su Sala de lo Contencioso Administrativo, confirmó la sentencia del 29 de mayo de 2024, en la que el Tribunal Administrativo de La Guajira había negado las pretensiones de nulidad electoral presentadas por Amalfi Isabel Rosales Rambal contra la elección de Iler Enrique Acosta Mejía, concejal del Distrito de Riohacha para el período 2024-2027.
En su demanda, presentada en diciembre de 2023 ante el Tribunal Administrativo de La Guajira, Rosales señala que Acosta Mejía, respaldado por el Partido Liberal Colombiano, presuntamente ofreció dinero y transporte a votantes en actos proselitistas ilegales.
Además, menciona un video en el que varios votantes reclaman al concejal electo el pago de $100.000 prometido por Acosta Mejía por cada voto. Jhony Enrique Ávila Márquez, Almer Augusto Julio Díaz y Cindy Paola Toscano Jiménez, aseguran que fueron testigos de estos actos de corrupción, aportando pruebas a la Fiscalía.
Al respecto el abogado defensor, Carlos Mario Isaza, argumentó que las declaraciones de los testigos presentadas por la demandante no ofrecían pruebas suficientes para respaldar las acusaciones de corrupción y compra de votos. El tribunal de primera instancia concluyó que los testigos no proporcionaron detalles claros sobre los supuestos actos irregulares, como el tiempo, lugar o personas involucradas en las reuniones proselitistas mencionadas.
Igualmente, el Consejo de Estado determinó que las pruebas presentadas no eran suficientes para acreditar actos de corrupción que afectaran la libertad y pureza del voto. Además, las declaraciones de los testigos se mostraron inconsistentes, lo que debilitó aún más la postura de la demandante.
El tribunal también destacó que, aunque no se exigía una prueba directa del pago por los votos, era necesario un análisis detallado del material probatorio. En este caso, no se encontró evidencia concluyente que demostrara la compra de votos por parte de Acosta Mejía.
Finalmente, la Corte ratificó la decisión de primera instancia, confirmando la validez del acto de elección y desestimando las acusaciones de corrupción en contra del concejal.