La controversia por los resultados de las elecciones atípicas a la Alcaldía de Fonseca, realizadas el 3 de mayo de 2026, suma un nuevo capítulo en los estrados…
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La controversia por los resultados de las elecciones atípicas a la Alcaldía de Fonseca, realizadas el 3 de mayo de 2026, suma un nuevo capítulo en los estrados judiciales. Esta vez, la discusión gira en torno al cumplimiento de una decisión de segunda instancia que modificó las condiciones bajo las cuales se contabilizaron los votos de la contienda electoral.
En entrevista con Cardenal Stereo, Jalter Alarcón Fonseca, abogado de Oswaldo Rodríguez Figueroa, quien obtuvo la segunda votación en esos comicios, explicó que el pasado 4 de octubre solicitó al Tribunal Contencioso Administrativo de La Guajira dar cumplimiento al fallo de tutela del 3 de julio de 2026.
Según el jurista, esa decisión revocó una sentencia de primera instancia, proferida el 15 de mayo, que había ordenado contabilizar los votos depositados a favor de Micher Pérez, pese a que, de acuerdo con su exposición, este no se encontraba inscrito como candidato para la fecha de las elecciones.
Alarcón sostuvo que, al quedar sin efecto la decisión inicial, las condiciones debían regresar al estado anterior y, por tanto, correspondía revisar el escrutinio. Sin embargo, señaló que habían transcurrido más de 10 días sin que la magistrada ponente se pronunciara sobre la solicitud de cumplimiento.
Ante esta situación, explicó que acudió al Consejo Seccional de la Judicatura de La Guajira mediante una solicitud de vigilancia judicial, con el propósito de verificar el respeto de los términos procesales y promover una respuesta oportuna del Tribunal.
El abogado también argumentó que el artículo 91 de la Ley 1437 de 2011 contempla la pérdida de fuerza ejecutoria de los actos administrativos cuando desaparecen sus fundamentos de hecho o de derecho. Bajo esa interpretación, considera que los votos atribuidos a Pérez deberían registrarse como tarjetones no marcados y que la Comisión Escrutadora Departamental de La Guajira y el Consejo Nacional Electoral tendrían que adelantar un nuevo escrutinio.
En ese escenario, Alarcón sostiene que Rodríguez Figueroa, por haber obtenido la segunda mayor votación, podría resultar elegido, siempre que el recuento de los votos válidos así lo determine.
Frente a la posibilidad de que el Tribunal no acceda a lo solicitado, el abogado anunció que contemplaría acudir mediante una acción de tutela ante el Consejo de Estado para exigir el cumplimiento de la decisión judicial de segunda instancia.
El litigante insistió en que las providencias judiciales deben materializarse y no quedarse únicamente en decisiones escritas. Mientras tanto, la definición de las consecuencias electorales continúa pendiente del pronunciamiento de las autoridades judiciales y electorales competentes.
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