El título de la columna corresponde a una expresión de la sabiduría popular en la provincia que significa la reiterada insistencia de una persona para alcanzar un objetivo que se propone hasta alcanzarlo venciendo todos obstáculos que se le interpongan.
El dicho popular lo podemos aplicar al jefe de Estado, Gustavo Petro por su persistencia en hacer en la práctica por La Guajira lo que no ha hecho ningún presidente en la historia republicana de Colombia.
Mucho menos presidente (a) del Congreso, senador (a), representante, ministro, magistrado, gobernador (a) o alcalde (sa) o gerente del sector privado algunos. Ni tampoco el sector alternativo o de izquierda territorial o nacional.
Las evidencias de la anterior afirmación están sustentadas en la situación económica, social, ambiental, cultural, política e institucional del Departamento de La Guajira de la cual hay suficiente ilustración. El que esté libre de responsabilidad que tire la primera piedra y rinda cuentas.
Y afirmamos lo anterior por la inexequibilidad del decreto legislativo 1082 de 2023 que declaró la emergencia económica, social y ambiental en el departamento de La Guajira y la decisión obstinada y comprometida del jefe de Gobierno nacional al presentar ahora 12 proyectos de ley al Congreso de la República con mensaje de urgencia a ver si tienen la estatura y grandeza de aprobarlos y responder mínimamente al pueblo guajiro cuando van a recoger votos en la península para hacerse elegir.
En relación con la “tumbada” del decreto 1082 de 2023 por 6 votos contra 3 votos hay que recordar a los opositores, incluida la Procuradora General de origen guajiro que conceptuó negativamente, la existencia de antecedente de esta decisión con resultados paradójicos que muestran a la clara actuaciones contra La Guajira y sus municipios.
En el segundo gobierno de Álvaro Uribe (Decreto 4955 de 2009) y en el primero de Juan Manuel Santos (Decreto 4580 de 2010) también se declararon emergencias económicas y ambientales.
En el 2009 para salvar a las EPS, expidió el presidente de entonces, más de cuarenta decretos legislativo al amparo de una emergencia económica del quebrado sector salud. Del 2010, por el fenómeno de La Niña se aprobaron más de 15 decretos legislativos.
En ambos casos hay una extraña coincidencia sobre causales sobreviviente para enfrentar la crisis financiera y climática, pero con resultados opuestos a la del presente año. En 2009 y 2010 se declararon exequibles sendos decretos de las emergencias.
El de la actual administración nacional (decreto 1085/2023) fue declarado inexequible con efecto diferido a un año que se puede interpretar con la metáfora del vaso medio lleno o medio vacío.
A propósito de las dos primeras sentencias aludidas, preguntamos: ¿Qué relación hay entre un decreto que aumenta la velocidad por las carreteras de 80 a 100 km y la emergencia del 2009? ¿Cuál es la diferencia entre el fenómeno de La Niña (2010) y de El Niño como ya estamos viviendo y padeciendo?
Parodiando la canción vallenata de Hernando Marín se aplica para este fallo de la Corte Constitucional la “ley del embudo: Lo ancho para ellos y lo angosto para uno. En este caso, para las poblaciones más vulnerables del departamento de La Guajira.
Pensando con el deseo y en el sentido del título de la presente columna, ojalá que los candidatos (as) que se elijan por la ciudadanía guajira en dos semanas asuman la terca insistencia del presidente Petro para colocar el interés general de La Guajira y sus 15 municipios por encima de sus intereses personales, familiares, económicos, ideológicos, partidistas o de clase.
De todas formas, recordamos por enésima vez a los votantes que tienen como premio de consolación el mecanismo de revocatoria del mandato a partir del 2025 para aplicar al gobernador (a), alcaldes (as) electos si estos no cumplen su Programa de Gobierno 2024-2027.