Al igual que todos los años, por esta misma época decembrina, se repite el ritual en el que se busca concertar entre empleadores y trabajadores, con la participación del gobierno, el incremento del salario mínimo legal en nuestro país. Es un proceso recurrente de “negociación” ineficaz, que pareciera innecesario, en el que pocas veces se llega a un acuerdo concertado: Desde 1997 solo se ha concertado en siete ocasiones el incremento del salario mínimo y en tres de estas se hizo sin una de las principales centrales obreras.
Es una discusión, con visos de diálogo de sordos, que busca cumplir con la jurisprudencia de las Cortes que establece la obligación de actualizar el valor del salario mínimo cada año, con el fin de que los trabajadores no se vean afectados por la inflación o la pérdida de poder adquisitivo del dinero, y siempre inicia con una inalcanzable petición de las centrales obreras y una oferta de los empresarios que siempre se puede mejorar razonablemente.
A pesar de que en los dos últimos años ha habido incrementos altos, con más de dos puntos porcentuales por encima del IPC, las centrales obreras han continuado con su reiterada inconformidad con respecto al valor del salario mínimo, con el argumento de que no alcanza para cubrir el costo de vida. Con ese argumento cada año quieren resolver de una vez un problema acumulado y estructural, que por sus características y causas no es factible hacerlo de esa forma pues generaría efectos contrarios que afectarían la sostenibilidad del sector empresarial y su capacidad para generar empleo digno.
Es claro que una característica de nuestra naturaleza humana es que incesantemente aspiramos a obtener mayores ingresos para tener mejores condiciones de vida. Por esa razón algunos expertos en psicología dicen que el salario más que una fuente de motivación en muchos casos tiene el potencial de ser un factor insatisfactorio. La educación, el desarrollo técnico y profesional, el emprendimiento y la contribución de todos los miembros adultos siempre serán opciones que permitirán mejorar el nivel de ingreso familiar y consecuentemente mejorar su calidad de vida.
El contexto en el que nos encontramos tiene características excepcionales, muy diferentes a las de años anteriores. Como consecuencia del largo periodo de aislamiento obligatorio y de la parálisis del sector productivo es evidente el estado crítico de la economía, con indicadores y datos contundentes que demuestran que requiere un tratamiento de cuidados intensivos con el que debemos comprometernos todos los colombianos, empresarios y trabajadores y gobierno. Es necesario realizar un esfuerzo extra adicional que facilite la reactivación de la economía para poder superar esta crisis, solo así se puede asegurar que en próximo año se creen las condiciones que permitan generar el volumen de nuevos empleos que necesitamos en Colombia.
Es insoslayable que para definir el nivel del salario mínimo legal se debe tener en cuenta la capacidad económica de las empresas y empleadores. Y si el espíritu de la jurisprudencia existente es que los incrementos que se hagan mantengan el poder adquisitivo del salario mínimo legal, es entonces claro que la forma más pragmática de hacerlo es reajustarlo aplicándole el mismo porcentaje de incremento del índice de precio del consumidor del año anterior.
Las señales que se reciben de los empleadores es que están dispuestos a conceder algo más que eso, luego pareciera que, en esta oportunidad, y con las condiciones existentes antes descritas, la concertación es posible. Solo faltaría la actitud positiva de las centrales obreras. Aunque los intereses y las estrategias de los sectores políticos a los que pertenecen pueden hacer que fracase esa posibilidad.