La Superintendencia de Salud (SuperSalud) ha emitido una nueva circular que aborda la atención en salud de la población trans en Colombia, incluyendo a niños y niñas. El documento busca garantizar un enfoque diferencial en los servicios de salud para esta comunidad, destacando la necesidad de eliminar barreras de acceso y enfrentar el estigma que históricamente ha afectado a las personas trans.
La circular externa, citada por El Colombiano, enfatiza que las personas trans han enfrentado discriminación y limitaciones en el acceso a servicios médicos esenciales y medicamentos, y plantea principios para asegurar una atención adecuada. Sin embargo, uno de los apartados del documento ha generado controversia al referirse específicamente a la atención de menores de edad trans, un tema que hasta ahora no ha sido regulado por el Congreso colombiano.
El apartado titulado ‘Infancias y adolescencias trans’ aborda las necesidades específicas de esta población, incluyendo el acceso a servicios de salud mental, educación en salud sexual y reproductiva, y apoyo para la afirmación de género. El texto menciona la importancia de proporcionar un acompañamiento adecuado para garantizar un desarrollo saludable, respetando las decisiones sobre la identidad y expresión de género en esta etapa de la vida.
Uno de los aspectos más polémicos de la circular es la referencia a una sentencia de la Corte Constitucional, la T-218 de 2022, que establece que la identidad de género puede comenzar a manifestarse desde los 3 años de edad. Esta sentencia se centra en la autonomía de niños, niñas y adolescentes en la toma de decisiones relacionadas con su identidad sexual y de género, incluyendo la posibilidad de procedimientos de afirmación de género y esterilización quirúrgica.
El documento de la SuperSalud también cita otras sentencias relevantes, como la T-1025 de 2022, sobre la intersexualidad, y la T-573 de 2016, que trata la esterilización quirúrgica. Estas decisiones judiciales respaldan el derecho de los menores de edad a recibir atención médica que respete su identidad de género, siempre y cuando se garantice el consentimiento informado.
La publicación de esta circular ha generado un intenso debate sobre los límites de la autonomía de los menores y el papel del Estado en la regulación de estos procedimientos, una discusión que aún no ha sido abordada en profundidad por el Congreso colombiano.