La Justicia Argentina abrió una causa penal contra el ex presidente de Colombia Álvaro Uribe Vélez por supuestos delitos de lesa humanidad cometidos entre el 2002 y el 2008 al permitir 6112 ejecuciones extrajudiciales cometidas por militares contra guerrilleros.
La causa la abrió el fiscal Carlos Stornelli quien pidió al juez Sebastián Ramos una serie de medidas de pruebas y la toma de testimonio de familiares de víctimas de esas ejecuciones extrajudiciales.
Se trata Osmaira Nieves Oñate, Laura Vanessa Pina, Wilmer Andrey Pérez Betancourt y Bertina Badillo Herazo quienes formularon la denuncia ante el fiscal.
Stornelli buscará determinar “la presunta responsabilidad penal del nombrado Álvaro Uribe Vélez, ex presidente de Colombia y Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas de ese país, en los crímenes de guerra y de lesa humanidad que habría permitido, autorizado, incitado e incluso promovido que se cometieran en Colombia entre el 08 de agosto de 2002 y el 31 de diciembre de 2008”.
Esos crímenes, según la denuncia, dejaron “un saldo de 6112 casos de ejecuciones extrajudiciales y de desapariciones forzadas de personas que falsamente se habrían presentado como caídos en combate en acciones guerrilleras contra el Ejército Colombiano, conocidos como “falsos positivos”; ello en el marco de un ataque generalizado y sistemático contra la población civil, dado en un contexto de conflicto armado”.
En su requerimiento de instrucción, al que accedió el periódico argentino Clarín, se relatan concretamente los casos de los asesinatos de Luis Eduardo Oñate, Álvaro Adolfo Pina Londoño, Beyer Ignacio Pérez Hernández, Didier Eduardo Durant Badillo, y el asesinato y desaparición forzada otras siete víctimas que aún no pudieron ser identificadas, cuyas muertes acaecieron a manos de elementos de las Fuerzas Armadas en la República de Colombia.
La imputación es porque ejecuciones extrajudiciales y desapariciones de personas fueron presentados por “por parte de cuadros del Ejército Nacional como falsas bajas producidas en combate; ello, en el marco de un conflicto armado interno de larga data con grupos guerrilleros tales como FARC-EP, ELN, EPL y el Movimiento Diecinueve de Abril (M-19)”.
La radicación de la denuncia ante los tribunales judiciales argentinos, para investigar y juzgar una presunta responsabilidad penal por hechos acaecidos en territorio de otro Estado, fue fundada por el fiscal Stornelli “en el principio de jurisdicción universal, e invocaron el art. 118 in fine de la Constitución Nacional, la ley 26.200, El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y los artículos. 174 y 176 del Código Procesal Penal de la Nación”.