Luego de la controversia que surgió por la disposición de la Dian que obligaba a los pensionados a cambiar el Registro Único Tributario –RUT– en medio de la pandemia, con pocos días de plazo y con el riesgo de que la página web no aguantara el acceso masivo de contribuyentes, la entidad dio marcha atrás en la decisión.
A través de un comunicado, la Dian dio a conocer que amplió el plazo para cumplir el requisito. “Mediante Resolución 0005 del 22 de enero de 2021, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales amplió hasta el próximo 30 de junio el plazo para que los contribuyentes actualicen en el Registro Único Tributario –RUT, las actividades económicas que desarrollan”, comunicó la entidad.
“En el caso de los Pensionados, creó el código 0020, necesario para diferenciarlos del código de actividad de asalariados. La Dian está actualizando automáticamente, de oficio, el RUT de los Pensionados que presentaron la Declaración de Renta durante el año 2020, informando ingresos por concepto de pensión en la cédula de pensiones”, agregó.