Desde este 12 de mayo, la ciudadanía podrá consultar desde su celular en la página web de la Registraduría, si fue escogido como jurado de votación en las elecciones presidenciales que se avecinan.
No obstante, desde el pasado 9 de mayo algunas personas ya comenzaron a recibir notificaciones por parte de la entidad, por haber sido seleccionadas para tal fin.
Quienes deseen consultar si su nombre aparece en el listado, deberán ingresar a www.registraduria.gov.co/ y en la parte izquierda podrá encontrar la sección que dice ‘Consulte aquí si es jurado de votación’. Allí deberá ingresar los datos solicitados y la página le arrojará la información.
Otra opción es desde la app InfoVotantes que habilitó la Registraduría y que para móviles, estará activa la información desde el 12 de mayo.
La Registraduría también envía vía correo electrónico y celular algunas citaciones.
Tal como explica la Registraduría Nacional del Estado Civil, los ciudadanos seleccionados para la jornada electoral que deben asumir como jurados, tendrán una serie de beneficios públicos. Entre las retribuciones que tiene ser jurado está establecido en el Código Electoral, un día y unas horas de descanso remunerado por votar, para todos los empleados de empresas públicas o privadas con contratos de nómina.
También se establecen cuatro causas para ser exonerado de la responsabilidad de ser jurado tras haber sido elegido como enfermedad grave, propia, o si esta es padecida por madre, padre, cónyuge o hijos. Además, debe ser acreditada por un reporte médico certificado bajo gravedad de juramento. De igual forma no ser residente de la zona en donde fue designado, para la cual debe remitir la certificación de vecindad expedida por el alcalde o autoridad competente del lugar donde se reside; y existe la posibilidad de que una persona menor de 18 años o mayor de 60, sea seleccionado como jurado de manera errónea, ya que no está permitido.
Recuerde que si usted es escogido como jurado de votación y no acude el 29 de mayo a su puesto designado el día de las elecciones, deberá pagar una multa que oscila en 10 salarios mínimos legales vigentes.
