La Corte Suprema de Justicia rechazó la acción de tutela de una mujer de 28 años de edad que exigía recibir el seguro de renta vitalicio de su esposo de 95 años de edad, al considerar que la unión se hizo por motivos distintos a la voluntad real, considerando que el matrimonio fue simulado.
Luego del fallecimiento del hombre, en el año 2009, la mujer fue a las oficinas de Seguros de Vida Suramericana S.A. para recibir un monto de dinero al que, según ella, tenía derecho por la muerte de su esposo.
Sin embargo, la aseguradora sostuvo la tesis de que el matrimonio no había sido real y que por obvias razones no debía considerarse los efectos de esa supuesta relación nupcial, recurrió a la justicia, que terminó dándole la razón a la compañía.
Por su parte el magistrado ponente Octavio Tejeiro explicó detalladamente que en este caso se dio un contrato en el que hay una divergencia entre la voluntad que se declara hacia los terceros y la voluntad que se queda guardada en el fuero interno de los contratantes.