A través de la resolución 027, el Departamento Nacional de Planeación (DNP) impuso la medida de protección inmediata de no aprobación directa de proyectos ni designación como ejecutor al Municipio de Villanueva, por no obtener el adecuado desempeño de los proyectos de inversión del Sistema de Regalías, durante dos mediciones anuales consecutivas.
En ese sentido, el municipio de Villanueva, logró un resultado de 22 puntos en el año 2021 y 45 en el 2022, información refrendada por la Subdirección de Control del DNP.
El 31 de marzo de 2023, con memorando No. 20234440049483, la Subdirección de Análisis y Resultados, remitió a la Subdirección de Control, ambas de la Dirección de Seguimiento, Evaluación y Control del SGR del DNP, el listado de las entidades ejecutoras de proyectos de inversión financiados o cofinanciados con recursos del Sistema General de Regalías que no obtuvieron adecuado desempeño según el Índice de Gestión de Proyectos, Igpr, correspondiente a los años 2021 y 2022, de acuerdo con el artículo 169 de la Ley 2056 de 2020.
La medida de no aprobación directa de proyectos, ni designación como ejecutor, en el Sistema Unificado de Inversión y Finanzas Públicas (Suifp) del Sistema General de Regalías del Municipio de Villanueva, fue registrada de manera inmediata.
En ese sentido, el DNP solicitó al representante legal de Villanueva, o a quien haga sus veces, que, dentro de los diez días hábiles siguientes a la recepción de la comunicación del acto administrativo, rinda explicaciones por escrito, respecto de los hechos que dieron lugar al inicio del presente procedimiento.
El contenido del acto administrativo fue informado al Órgano Colegiado de Administración y Decisión (Ocad) regional Caribe, en virtud de la imposición de la medida de protección inmediata de no aprobación directa de proyectos ni designación como ejecutor, y durante su vigencia, los proyectos financiados con recursos de las Asignaciones Directas, la Asignación para la Inversión Local y el 60% de la Asignación para la Inversión Regional en cabeza de los departamentos, serán aprobados por esa instancia en el marco de sus competencias y ejecutados por quien esta designe.
También se comunicó a los Órganos Colegiados de Administración y Decisión Paz, de Inversión Regional y de Ciencia, Tecnología e Innovación, a la Instancia de Decisión de los Pueblos y Comunidades Indígenas, a la Instancia de Decisión de las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, Comisión Nacional de Diálogo del Pueblo Rrom o Gitano en el Sistema General de Regalías y la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena, para efectos de la aplicación de la medida de protección inmediata ordenada.
Además de la Subdirección de Seguimiento al Desempeño y a la Subdirección de Análisis y Resultados de la Dirección de Seguimiento, Evaluación y Control del Departamento Nacional de Planeación, y los respectivos Órganos de Control.








