“En Colombia, el pleno disfrute de los derechos de niñas y niños pasa por el acceso y garantía efectiva de su seguridad alimentaria, máxime que son sujetos de especial protección constitucional, y ello no está precisamente ocurriendo”, afirma el Defensor del Pueblo, Carlos Camargo Assis.
De acuerdo con el boletín epidemiológico 52-2023 del Instituto Nacional de Salud (INS), fueron 233 las muertes confirmadas por desnutrición aguda en menores de 5 años el año anterior en todo el territorio nacional, y 57 fallecimientos más son objeto de estudio, es decir que al terminar los procesos de confirmación, se podría alcanzar la cifra de 290 decesos por la misma enfermedad y causas asociadas. El 87% de las muertes corresponden a niñas y niños de estrato socioeconómico 1.
El departamento con mayor número de muertes fue La Guajira, con 70; le siguieron Chocó, con 46; Cesar, 23; Magdalena, 20, y Antioquia, 18. Las cifras permiten inferir que más del 61% de los casos del país se concentró en esos cinco departamentos.
“Necesitamos que nuestros llamados sean atendidos para que no mueran más niñas y niños por desnutrición”, señala el Defensor del Pueblo.
Los casos de desnutrición aguda moderada y severa en el mismo rango de edad llegaron a 24.226 en el 2023, un aumento del 14.29% en comparación con el 2022, cuando en el país hubo 21.195 casos; un promedio de 66 por día. Se observa que los casos se concentraron en los estratos socioeconómicos 1 y 2, que representan el 92% del total.
Bogotá, con 3359 casos, fue el territorio donde más se registraron. Luego estuvo el Departamento de La Guajira, con 2871; después Antioquia, 2281; Cundinamarca, 1372; Chocó, 920, y Cesar, 889.
Se observa, además, que del total de las notificaciones, el 26% correspondió a grupos étnicos, cuya mayor afectación se presentó en la población indígena de los pueblos Wayuú (2223), Embera (457), Sikuani (420), Embera Katío (285), Embera Chamí (197), Arhuaco (147), Yukpa (141), Guayabero (84), Nasa (71) y Embera Dobida (69).
Se hace ineludible darle cumplimiento a la resolución 2350 de 2020 y adoptar acciones y rutas que permitan lograr el eje transformador del derecho humano a la alimentación, enfatiza el Defensor, “atendiendo a lo consignado en el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, en el que fue expuesta la importancia de lograr disponibilidad, acceso y medidas de adecuación para garantizar ese derecho”.








