En un comunicado a la opinión pública, los socios y representantes de las Asociaciones de Autoridades tradicionales Sumain Ichi representada por Pablo Meza Rosado, Joaquín Rosado, Trujillo Epieyu, Elmer Altamar Gómez y Asocharma, respondieron a las denuncias del gerente de Salinas de Manaure, Daniel Robles, sobre las irregularidades que según su criterio se cometieron en la elección Elizanyela María Gómez Díaz, como nueva gerente del gremio.
Expresaron que hasta tanto no se perfeccione el trámite ante la cámara de comercio la doctora Elizanyela María Gómez Díaz. No realizará ninguna actuación en calidad de representante legal de Sama ante terceros, para evitar incertidumbre que irresponsablemente de manera injuriosa y calumniosa pretende despertar el señor Dr. Daniel Robles Smith.
En ese mismo sentido, este órgano de administración o sea la Junta General de Socios, advierte no hacerse responsable, directa ni solidariamente por los negocios que el señor Robles Smith realice o haya realizado sin el conocimiento y aprobación de su Junta Directiva.
Precisan, que les resulta contradictorio por parte del representante legal esgrimir que como socios pretenden la gerencia de la empresa mediante el uso de vías de hechos, cuando es precisamente que el mediante comunicado revela a la opinión pública de fecha 18/12/2023 una actuación social que no ha sido divulgada por ninguno de los socios de la empresa Sama, hasta tanto no se perfeccione el proceso legal de designación de la gerente de Sama ante las autoridades competentes.
“Por tanto, quien coloca el desarrollo empresarial y la comercialización de la empresa es este por su obrar irresponsable en su afán de dar a conocer a la opinión pública procesos no perfeccionados y hasta la fecha prudente, vislumbrando admirable habilidad para la adquisición de información no formal como ya nos tiene acostumbrado”, indican.
Explican, que representan una participación accionaria de 36 y 10% respectivamente de la Sociedad de Economía Mixta Salinas Marítima de Manaure Limitada (Sama), persona jurídica e identificada con NIT. 900009767- 6-
Sobre el comunicado inicial del gerente Daniel Robles Smith, indican que resulta melancólico que un profesional del derecho representante legal de la empresa no posea la capacidad de acudir a los mecanismos legales que le confiere la ley para reclamar sus derechos cuando presuntamente, se le han sido, transgredidos en el marco del estado social y democrático de derecho.
Dicen que acudir a comunicados para desacreditar la calidad de socios en la empresa Sama siendo su gerente y empleado ubica al Dr. Daniel Robles Smit, en el plano de la persona más descortés, insolente, reaccionario, entre otros.
Así mismo como carente de razonamiento y lógica jurídica, puesto que confunde la opinión pública, con las autoridades competentes donde debe acudir para presentar los presuntos elementos materiales probatorios, evidencia física e información legalmente obtenida, lo positivo de su comunicado es que deja al descubierto la clase de persona que es y que no se necesita ser un erudito para identificarle”, indican.
Puntualizan, que el comunicado a la opinión pública además de injuriar y calumniar busca confundir a la comunidad, puesto que en su raciocinio los considera ignorantes, locos e incautos por su condición étnica expresándolo en todos aquellos lugares donde transita, solo porque se cansaron de sus malos tratos y de su falta de información detallada del manejo y gestión administrativa al frente de la empresa.
“Como ya se ha vuelto costumbre por parte del gerente acude al comunicado para deshonrar nuestra etnia wayuú y desacreditar nuestra honradez, afirmando que no accede a supuestos intereses personales a efectos de justificar su falta entrega y veracidad de la situación real y material en que se encuentra la empresa”, se indica en el documento.
También aclaran que no son un grupo minoritario puesto que las asociaciones de autoridades tradicionales Sumain ICHI representa 36 y Asocharma el 10 % de las cuotas en que se divide el capital social, asimismo en todas sus actuaciones hace presencia el señor Jorge Luís Rosado, representante de la asociación Wayawayu que si bien es cierto se trata de un cuerpo colegiado por ausencia de la señora Arlenis Alvarado, el voto del socio Jorge Luís no es nulo según reza en los estatutos. (Capítulo III: Dirección Y Administración), No obstante, la legitimidad para realizar la “Convocatoria a Reunión Extraordinaria Junta General de Socios” el 30/11/2023, la confiere un número plural de socios que supere el 25 % de las cuotas sociales, tal como reza en el siguiente capture de pantalla correspondiente a la Escritura Publica No. 135 / 2004 en su artículo 14 siendo nosotros el 46% por lo que nuestro actuar se ajusta a los estatutos y la ley artículo 181 y 182 párrafo 3 del Código de Comercio.
Explican que la reunión convocada no se realizó en la fecha prevista por falta de quórum, y por lo tanto correspondía dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 429 C.C. reunión de segunda convocatoria el 16/11/2023 donde se deliberó y decidió válidamente con un número plural de socios cualquiera que sea la cantidad de acciones o aportes que estén representando lo que significa que no se requiere participación social mayoritaria pues basta un número plural de socios para que sus decisiones sean legítimas conforme a la ley obteniendo como resultado la designación de gerente y representante legal a la doctora Elizanyela María Gómez Díaz, por lo que su designación no contraviene los estatutos, la ley por tanto no existe ninguna irregularidad tal y como lo expresa Robles Smith.