La Corte Constitucional dejó sin efecto la orden de captura inmediata emitida contra el exgobernador de La Guajira, Jorge Eduardo Pérez Bernier, al considerar que se vulneraron sus derechos fundamentales a la libertad personal y al debido proceso.
La decisión revocó la sentencia proferida el 23 de julio de 2025 por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, que había confirmado un fallo anterior de la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural. En su lugar, el alto tribunal concedió el amparo constitucional exclusivamente frente a la orden de privación inmediata de la libertad.
Asimismo, la Corte dejó sin efectos el resolutivo cuarto de la sentencia emitida el 9 de abril de 2025 por la Sala Especial de Primera Instancia de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema, únicamente en lo relacionado con la captura inmediata del exmandatario departamental.
Ver esta publicación en Instagram
En la providencia, el tribunal constitucional ordenó a dicha sala penal emitir, en un plazo máximo e improrrogable de 48 horas, una nueva decisión debidamente motivada sobre la necesidad de mantener privado de la libertad a Pérez Bernier antes de que quede en firme la sentencia condenatoria, teniendo en cuenta los parámetros establecidos en la sentencia SU-220 de 2024.
De igual manera, dispuso la libertad inmediata del exgobernador, siempre y cuando no exista otra orden judicial vigente en su contra que justifique su detención. La medida deberá hacerse efectiva una vez sea notificada formalmente la decisión.
Finalmente, la Corte Constitucional exhortó a las salas de tutela de la Corte Suprema de Justicia a unificar criterios jurisprudenciales relacionados con la procedencia de acciones de tutela, conforme a los lineamientos fijados en la sentencia SU-220 de 2024 y en esta nueva providencia.








