El Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró la nulidad del nombramiento de José Reyes Rodríguez Casas como Procurador 159 Judicial II para Asuntos Penales de Riohacha, con funciones en Bogotá.
El fallo, que lleva la firma del magistrado Moisés Rodrigo Mazabel Pinzón, se fundamenta en presuntas irregularidades detectadas en su elección.
“(…) la Sala al revisar el contenido del decreto impugnado, observa que si bien el procurador General de la Nación en ejercicio de función administrativa decide unilateralmente vincular al cargo a José Reyes Rodríguez Casas, en realidad carece de fundamentos que expliquen la decisión y menos aún que justifiquen el por qué dentro del marco de posibilidades para proveer el empleo público, se acude al nombramiento en provisionalidad de una persona ajena a la carrera administrativa”, señala la sentencia.
En consecuencia, dicho nombramiento fue demandado por el Sindicato de Procuradores Judiciales al considerar que no se ajustaba al derecho, toda vez que, de un lado, debe justificarse las razones por las cuales se recurre a la excepción para proveer el cargo de carrera pública.
“Y de otro lado, si bien la vinculación en provisionalidad es transitoria, la estabilidad laboral de un funcionario que ocupa un cargo de carrera administrativa no se reduce por el hecho de que lo haga en provisionalidad, debiéndose motivar, por ejemplo, arguyendo que el cargo será proveído a esa persona, por razones del servicio, cuestión que no ocurrió en este caso, ya que, solo se emitió el Decreto No. 265 del 18 de febrero de 2020, sin sustento jurídico ni fáctico alguno, y tampoco se acreditó o analizó allí que José Reyes Rodríguez Casas cumpliera si quiera con los requisitos legales para el desempeño del empleo a proveer”.








