La Agencia Nacional del Espectro –ANE–, a través de la Resolución 148 de 2020, definió las condiciones técnicas y de operación para los transmisores de baja potencia usados para la emisión de eventos que utilicen el espectro atribuido al servicio de radiodifusión sonora bajo la modalidad de uso libre.
La decisión se toma tras la necesidad de generar espacios que faciliten la reactivación de sectores como el de esparcimiento, golpeados por la emergencia que conllevó al cierre de establecimientos comerciales y de diversión, al igual que los religiosos, dado que las actividades desarrolladas en dichos escenarios implican la reunión masiva de personas sin que se pueda conservar el distanciamiento social.
El uso de la banda atribuida a radiodifusión (88MHz – 108 MHz) es una alternativa para la difusión de emisiones sin afectar la convivencia del entorno cercano. En esta banda hay masificación de receptores, incluyendo los radios instalados en los vehículos, lo que facilita el acceso de la ciudadanía para disfrutar del contenido emitido, como los autocines que se reactivarán próximamente en el país.
“En esta Resolución se establece, entre otras cosas, un uso adicional del espectro atribuido al servicio de radiodifusión sonora en FM en la modalidad de uso libre. En Colombia se puede hacer uso eficiente del espectro en el 82% de la zona de cobertura de las emisoras en donde éstas no prestan el servicio”, así lo afirmó Fabián Herrera Santana, Director General (e) de la ANE.
Para el caso del departamento del Atlántico, una empresa de Barranquilla ha enviado 7 solicitudes, de la cuales se han autorizado 6, una de ellas es el Centro de Convenciones Puerta de Oro, para el funcionamiento de autocines en esta zona del país.