La última convocatoria del año para prestar servicio militar está abierta desde el 1 de noviembre para los futuros soldados que harán parte del cuarto contingente del 2024.
El Comando de Reclutamiento y Control de Reservas, de la Segunda Brigada del Ejército Nacional, invita a los jóvenes entre los 18 y hasta faltando un día para cumplir los 24 años de edad a que se incorporen en batallones, zonas de reclutamiento y distritos militares de Magdalena, Bolívar y Atlántico.
Este proceso que finalizará el próximo 25 de noviembre, busca incorporar al talento humano más calificado y ciudadanos aptos en todo el país que quieran sumarse a la institución.
Para ampliar información frente al proceso de incorporación, podrá hacerlo a través de las 12 Zonas de Reclutamiento y los 60 Distritos Militares del país, o a través de la página web www.reclutamiento.mil.co; el call center a nivel nacional 601 4261420.
En la Costa Atlántica pueden dirigirse a los batallones que componen la Segunda Brigada:
• Batallón de Policía Militar N.° 2 Ciudad de Barranquilla.
• Batallón de Servicios y Apoyo para el Combate N.° 2 (Barranquilla).
• Batallón de Ingenieros de Combate N.° 2 General Francisco Javier Vergara y Velasco (Malambo).
• Batallón de Infantería Mecanizada N.° 5 General José María Córdova (Santa Marta).
• Batallón de Instrucción, Entrenamiento y Reentrenamiento N.° 2 (Aracataca).
• Batallón de Alta Montaña N.° 6 Mayor Robinson Daniel Ruiz (Santa Clara).
• Batallón de Infantería Mecanizado 4 General Antonio Nariño (Mompox).
Los interesados que resulten aptos para prestar el servicio militar recibirán entre otros beneficios:
1. Bonificación mensual durante el tiempo de servicio militar equivalente al 50 % de un salario mínimo legal mensual vigente (Smlmv), es decir, 650.000 pesos.
2. Servicios de salud prioritaria o general y atención en las necesidades básicas.
3. Suministro de vestuario necesario para el uso y porte durante su servicio, y al momento de licenciarse un Smlmv (1.300.000 pesos) por concepto de dotación civil.
4. Estadía y alimentación con estándares de calidad establecidos por el comité de nutrición durante el tiempo de permanencia en la institución.
5. Transporte para traslado al lugar de destinación, sostenimiento durante el viaje y el regreso al domicilio, una vez culminado el tiempo de servicio o desacuartelado.
6. Bancarización y contribución para iniciar y fortalecer la vida crediticia comenzando a manejar productos bancarios.
7. Otorgamiento de un permiso anual con auxilio de transporte equivalente a un Smlmv (1.300.000 pesos).
8. Quienes se destaquen en la prestación del servicio militar como dragoneantes obtendrán un reconocimiento monetario adicional mensual del 5 % del Smlmv.
9. Aplicación de descuentos en importante número almacenes, restaurantes y tiendas en virtud de alianzas comerciales.
10. Permisos y devolución económica proporcional de la partida de alimentación.
11. Orientación opcional y voluntaria en programas de formación laboral productiva del Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena.
12. Obtención de líneas de crédito especial con el Icetex.
13. Descuento y estudio institucional para otorgamiento de matrícula cero, financiada en la carrera militar en las diferentes escuelas de formación militar y policial (oficial, suboficial y soldado profesional).
14. El tiempo que el ciudadano permanezca en la prestación de servicio militar se tendrá en cuenta para la sumatoria de semanas de cotización en los fondos de pensión públicos y privados.
15. En las instituciones de la Fuerza Pública, el tiempo de servicio militar le será computado para efectos de cesantías y prima de antigüedad en los términos de Ley.
16. Obtención de tarjeta de reservista de primera clase física y digital con constancia electrónica, acreditación que le permitirá ser priorizado en programas o políticas de generación de empleo y promoción de enganche laboral.
17. Prioridad para acceder a cursos de capacitación en el marco de las Políticas de Servicio Público de Empleo.
18. Capacitación para la adaptación a su regreso a casa en el último mes de su servicio militar.
19. El soldado que terminando su servicio militar y quiera de manera voluntaria continuar con la Fuerza, podrá hacerlo hasta por 12 meses más, recibiendo los mismos beneficios, derechos, obligaciones y deberes que la Ley establece.