La Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg) luego de una sesión de expertos anunció que acatará el fallo emitido por el Tribunal Administrativo del Atlántico, que ordena la revisión de la fórmula tarifaria del servicio de energía eléctrica para disminuir los costos que finalmente pagan en sus facturas los usuarios de la región Caribe colombiana.
Así lo informó el comisionado Orlando Velandia, quien precisó que la Creg no interpondrá ningún recurso para apelar a la sentencia que resultó de una acción popular interpuesta por los personeros de Barranquilla, Santa Marta y Riohacha.
“Anoche tuvimos sesión Creg para atender ese tema y efectivamente la decisión que hemos tomado es acatar ese fallo, ni siquiera vamos a presentar ningún tipo de recurso. La instrucción que hemos tomado y avalada por el Gobierno, es que vamos a acatar ese fallo”, manifestó Velandia, quien además es presidente de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH).
Dijo que la única solicitud que harán es un plazo mayor para dar cumplimiento a la orden del Tribunal, tendientes a una mejor organización a las convocatorias de las audiencias que exige la sentencia.
Lo que ordena la Creg
En el fallo se ordena a la Creg, a que convoque a sesión y/o audiencia pública que deberá realizarse en la ciudad de Barranquilla, a efectos de estudiar el impacto económico y social en la región Caribe con la expedición de las resoluciones 010 de 2020 y 78 de 2021 y/o en cualquier acto administrativo, debiéndose discutir si se hace necesario o no la revisión y análisis de los impactos sobre la modificación de los indexadores en la fórmula tarifaria en la Costa Atlántica.
Esto con el fin de definir si es adecuado o no su replanteamiento, y en el caso de que sea la conclusión, se establezca y definan los indexadores más adecuados de reemplazo para reflejar el incremento de valor de los costos de la prestación del servicio en el tiempo, considerando el próximo periodo tarifario de alguna de las actividades.
Igualmente, revisar otros componentes tarifarios que afectan la tarifa de los usuarios en la Costa Atlántica, tales como los de pérdidas y restricciones, considerando las particularidades de dicha región y los periodos regulatorios respectivos, de tal forma que se establezca si la Comisión así lo considera necesario una nueva fórmula para calcular las tarifas del servicio eléctrico desligando el IPP (Índice de Precios al Productor) en cada uno de sus componentes regulados e indexar al índice de precios al consumidor (IPC).
Así como implementar medidas inmediatas, de mediano y largo plazo tendientes a reducir las tarifas del servicio de energía eléctrica en la Región Caribe.
En el fallo se ordena a la Creg que se sirva fijar la sesión y/o audiencia pública para el quinto (5º) día siguiente a la fecha de convocatoria, a la cual, deberá convocarse a los alcaldes, gobernadores, parlamentarios de la Región Caribe, el ministro de Minas y Energía, a la Procuradora General de la Nación, al Defensor del Pueblo, al Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, a la Presidencia de la República, a las empresas Air-e y Afinia. A los distribuidores de energía eléctrica, al gremio de comercializadores distribuidores sin generación despachada centralmente, un delegado de los accionantes, y/o cualquier otra persona de derecho público o privada con interés en el tema a debatir. Para tal efecto, deberá levantar un acta que recoja tales puntos.
Además solicita al Ministerio de Minas y Energía y a la Creg que dentro de los diez días siguientes a la culminación de la sesión y/o audiencia pública inicien la actuación administrativa correspondiente acorde a la normatividad vigente, a fin de expedir el acto administrativo que modifique las resoluciones 010 de 2020 y 78 de 2021 y/o cualquier acto administrativo, que tenga por objeto reducir las tarifas del servicio de energía eléctrica para la región Caribe, sin que sobrepase el plazo fijado en la ley para definir tal actuación.
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