La Procuraduría General de la Nación formuló observaciones al proceso de licitación pública que adelanta Coljuegos para «otorgar en concesión la implementación y operación a nivel nacional del juego de suerte y azar de la modalidad novedoso de tipo loto en línea denominado Baloto, por el término de 5 años”.
En desarrollo de la vigilancia preventiva, el Ministerio Público realizó mesas de trabajo con representantes del gremio de juegos de suerte y azar, con posibles proponentes y con Coljuegos, para conocer en detalle el modelo de negocio planteado para la concesión, las observaciones a los pliegos de condiciones y en general, los detalles relacionados con el proceso de selección del concesionario del juego novedoso tipo loto en línea.
El órgano de control solicitó precisiones sobre el modelo de negocio, basado en unos ingresos brutos garantizados de $251.000 millones de pesos, exigidos por la Administradora del Monopolio Rentístico de los Juegos de Suerte y Azar, y unos beneficios colaterales de 300 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Al respecto, Coljuegos deberá explicar a la Procuraduría en qué medida este modelo de negocio podría llegar a afectar los derechos de explotación que son los que garantizan las rentas para la salud en Colombia y “qué riesgos han sido identificados frente un posible incumplimiento del concesionario, respecto de los ingresos mínimos esperados”.
También se efectuaron una serie de observaciones sobre la experiencia en transacciones de recaudo o pagos en efectivo, exigida en este proceso licitatorio, y los riesgos que puede implicar para la concesión los cambios en las dinámicas de los apostadores, así como el uso cada vez mayor de tecnologías de la información, considerando que en concesiones pasadas el cambio en la matriz de juego afectó la cantidad de apuestas.
Lo anterior, tomando en cuenta que la acción del organismo de control está orientada a asegurar la transparencia en el proceso y el cumplimiento de las normatividades públicas vigentes.
La delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública advirtió esta vigilancia superior no implica en modo alguno la coadministración o injerencia en las decisiones administrativas, financieras, técnicas o jurídicas de las entidades públicas o de los particulares que ejercen funciones públicas.