Los Cabildos Indígenas quedarían habilitados para contratar directamente con las entidades del Estado, informó el representante a la Cámara por La Guajira, Alfredo Deluque Zuleta, quien fue el ponente del proyecto por medio del cual se modifica la ley 80 de 1993 y la ley 1150 de 2007.
La iniciativa presentada por el Gobierno nacional busca subsanar una deuda histórica con las comunidades indígenas, dado que actualmente no existen alternativas jurídicas que permitan la celebración de contratos o convenios con cabildos, ni una causal de contratación directa que habilite eficazmente el desarrollo de programas o inversión de recurso en beneficio de esas comunidades como sujetos de especial protección.
Argumenta, que si los resguardos son representados y administrados por los Cabildos Indígenas de acuerdo con sus usos y costumbres, necesariamente debe existir en el ordenamiento jurídico colombiano una norma que otorgue plena capacidad para contratarlos, y que de esa forma se materialice lo ordenado en el artículo 2 de la ley 21 de 1991, que dispone que los gobiernos deben implementar medidas que garanticen que los pueblos indígenas gocen en igualdad de condiciones de los mismos derechos y oportunidades frente a los demás miembros de la población, como es el caso de la capacidad jurídica.
En ese sentido, el representante Alfredo Deluque Zuleta expresó que ayer logró que fuera aprobada la iniciativa en comisiones primeras conjuntas de Cámara y Senado.
Precisó que el autor del proyecto es el Gobierno colombiano, y nace del reconocimiento a la autonomía de las comunidades indígenas en la capacidad que tienen de autodeterminarse.
La iniciativa contempla también que se puede contratar con los consejos comunitarios de las comunidades negras, las organizaciones de las comunidades negras, afrocolombianos, raizales y palenqueras y sus asociaciones de segundo nivel.
La iniciativa pasa a plenarias del Senado de la República y la Cámara de Representantes.