Por José Carlos Molina
Quienes vienen siguiendo mis escritos publicados en este diario, saben que desde hace algún tiempo estoy trabajando sobre temas jurídicos. En estos días, a propósito de unos temas del derecho penal que he publicado, un buen amigo abogado en Barranquilla, me preguntaba que, si había leído la propuesta del doctor Günter Jakobs, referente a la política criminal denominada Derecho penal del enemigo. Le dije que no tenía referencia de ese tema, pero quería indagar sobre ello.
Günter Jakobs es un jurista alemán, quien que sostuvo en 1999 que a efectos penales, no todos los ciudadanos deben ser considerados personas, ya que existen otros individuos que merecen la calificación de enemigos, dando origen a su teoría del Derecho penal del enemigo, la cual, luego de los atentados terroristas del 11 de septiembre de 2001, en Nueva York, ha generado controversia entre los doctrinarios del Derecho penal moderno, por lo radical de sus postulados.
Luego de leer una documentación al respecto de esa teoría, conversando con algunos abogados litigantes, algunos de ellos defensores en procesos penales y disciplinarios, afirman, que en Latinoamérica y en nuestro país, de alguna manera se viene aplicando esa teoría pero en materia política. La discusión cobra sentido, según los amigos, a propósito de la gravedad de las penas, más allá de la idea de la proporcionalidad, lo que implica aplicar penas de prisión de larga duración a hechos de escasa gravedad, o por lo menos no tan graves como para justificar la imposición de la pena. También ocurre en materia disciplinaria, con la imposición de penas de destitución e inhabilidad de más de 10 años, causando una verdadera muerte política.
Algunos procesos jurídicos en el país, pueden ser ejemplo de esa teoría del derecho penal del enemigo, donde se cuestiona garantías procesales del imputado y derechos fundamentales como el debido proceso y derecho a la libertad, consagrados en nuestra constitución. Afortunadamente debo decirlo, esta teoría no es una política de Estado, pero si es una práctica recurrente de algunos sectores de poder que tienen cierta influencia sobre fiscales, magistrados, jueces, procuradores y contralores. Esos sectores de poder político, hoy no cuestionan ni buscan eliminar físicamente a sus oponentes, sino, que buscan su eliminación del escenario político por medio de procesos judiciales o disciplinarios.
La opinión pública no especializada en temas jurídicos, es probable que no perciba ese ataque entre grupos políticos que se disputa el poder y lo observan esos procesos jurídicos, como un asunto de corrupción, que deben ser penalizados de manera drástica y así hacer justicia. Estos ataques jurídicos son acompañados por estrategias mediáticas, por las redes sociales y medios de comunicación al mejor estilo de Paul Joseph Goebbels, el que fuera ministro para la Ilustración Pública y Propaganda de Hitler, entre 1933 y 1945. El ministro Goebbels implementó un sistema de información para desacreditar al enemigo, acuñando aquella frase: “Una mentira mil veces contada terminará siendo una verdad”.
Esa combinación entre la teoría del derecho penal del enemigo y la conspiración mediática no solo destroza reputación, dignidad y buen nombre, sino que elimina políticamente al contradictor sacándolo del escenario electoral. Una orden de captura por ejemplo, solo para comparecer a la audiencia de imputación de cargos y ser presentado en audiencia como un trofeo de guerra, produce en términos políticos un daño incalculable. Y así otras decisiones judiciales y disciplinarias.