El Gobierno Nacional anunció que, como parte de los decretos emitidos bajo la declaratoria de emergencia económica, se implementará un aumento en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 19% a bebidas alcohólicas y a los juegos de suerte y azar, así como otros tributos destinados a fortalecer el recaudo fiscal de cara al presupuesto de 2026. El anuncio fue hecho por el ministro de Hacienda, Germán Ávila, en una rueda de prensa donde detalló los nuevos gravámenes y sus objetivos.
El incremento del IVA para bebidas alcohólicas se aplicará a aquellas que actualmente tenían una tarifa reducida del 5%, como aguardiente, ron, whisky, brandy y bebidas con alto contenido de alcohol, que pasarán a tributar al 19%. La cerveza fue excluida de este ajuste; conservará su régimen actual, según explicó el ministro. De manera similar, los juegos de suerte y azar que hoy están excluidos del IVA también serán gravados con la tarifa general del 19%.
Ávila señaló que esta medida forma parte de un conjunto de impuestos que, según el Gobierno, buscan desestimular el consumo de productos que pueden tener efectos negativos para la salud, dentro del marco de la emergencia económica. El ministro describió estos gravámenes como asociados a criterios similares a los de los llamados impuestos “saludables”, que en Colombia ya se aplican a ciertos productos ultraprocesados y bebidas azucaradas bajo normas tributarias vigentes, con el propósito de influir en hábitos de consumo.
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Más medidas tributarias: sector financiero, patrimonio, tabaco y normalización de activos
Además del ajuste en el IVA a bebidas alcohólicas y juegos de azar, las medidas fiscales anunciadas comprenden una sobretasa en el impuesto de renta para el sector financiero, que elevaría la tarifa aplicable a entidades de este sector, y un aumento en la base del impuesto al patrimonio, empezando a aplicar desde patrimonios cercanos a los $2.000 millones.
También se contempla el incremento de tributos sobre productos de tabaco y la introducción de nuevos mecanismos de normalización tributaria para activos no declarados en el exterior.
Las disposiciones quedaron establecidas para entrar en vigor a partir del 1 de enero de 2026, y permanecerán vigentes durante todo el año, a menos que la Corte Constitucional revise y modifique la declaratoria de emergencia económica o los decretos emitidos bajo esa figura legal.
En sus declaraciones, el ministro de Hacienda subrayó que las nuevas medidas no afectan la canasta familiar básica ni gravan de manera directa a los estratos de menores ingresos, al tiempo que se intenta ampliar la base de contribuyentes y reforzar los ingresos estatales frente al déficit fiscal proyectado para 2026.








