Las tres madres gestantes que rescataron de la Alta Guajira en helicóptero, todas son menores de diecisiete años, cuando una niña wayuú pare a los diecisiete años tenga la absoluta certeza que ese es su tercer parto. La mayoría de las niñas wayuú en territorio son entregadas a los 12 y 13 años bajo el amparo de lo que en la antigüedad se conoció como dote, hoy debido a las actuales circunstancias de las niñas donde muchas han querido negarse a irse con un señor muy viejo y de alas muy grandes, las han silenciado violando su consentimiento, para la suscrita es una venta pura y simple de la niña.
Las niñas que se niegan lo hacen porque han ingresado al colegio y les ha fascinado la educación, muchas veces interrumpida por esos matrimonios. Se centraron en los motores y las hélices de los helicópteros y en la velocidad de las lanchas, no les interesó conocer y exponer la raíz del problema. El problema para ellas no es el invierno, ni las vías en mal estado, el problema para ellas es que sufren hipertensión en ese estado, que están entre la vida y la muerte. Muchas de ellas no quieren a sus hijos de la forma que ustedes aman a los suyos porque la mayoría son niñas. Las niñas en territorio tienen derecho a vivir su infancia y transitar ellas a una adolescencia plena, transitar a una adultez y madurez, pero sobre todas las cosas al amor, esa es la única transición a proponer en territorio.
La mayoría de edad de las mujeres en los pueblos se adquiere a partir de la primera menstruación, pero pese a ser mayores de edad según nuestros usos y costumbres su consentimiento no es libre, ni informado, así como ocurre con los procesos de la consulta previa, que esta sí es libre e informada, muchas de estas niñas no saben a qué van.
La transición cultural de la reciente Ley ‘Niñas no esposas’ que prohíbe el matrimonio infantil en Colombia, propuesta por las senadoras Martha Peralta Epiayu, del Pacto Histórico y Aida Quilcué por la circunscripción especial por fortuna no fueron de buen recibo en la plenaria del congreso, los territorios indígenas no son Repúblicas independientes de Colombia. Las senadoras ya hicieron transición matrimoniándose una con un arijuna de otras tierras, en donde la contemporaneidad de edades refulge diamantinamente en las publicaciones de sus redes sociales y la otra inició su transición cultural al tener una hija en vez de parir diez veces como se estila en las mujeres Nasa del Cauca.
Aquí el mal menor es la senadora Martha Peralta Epiayu, ella es de una lista cerrada de la circunscripción ordinaria producto de un delirio colectivo de cambio, en tanto la Quilcué sí representa a los pueblos indígenas por ocupar la curul de la circunscripción especial, verán que la señora Quilcué, viuda ella, tiene una hija que se destaca como comunicadora en las altas cumbres del movimiento indígena del Cauca, egresada de la Pontificia Universidad Javeriana de Cali, no quiere esta mujer que legisla y que dialoga con la madre tierra lo mismo para las niñas indígenas de Colombia marginadas en la ruralidad de sus territorios porque resulta, para la tranquilidad de las senadoras, que el Estado no llega, entonces nunca habrá la tal transición cultural, ni aplicación de la norma ordinaria, así que los violadores de la Sierra Nevada de Santa Marta y sobre los cuales cursan procesos penales y choques de jurisdicciones estarán tranquilos al no sentir el rigor de las normas punitivas de la jurisdicción ordinaria, porque resulta que la transición cultural que ustedes plantean está bajo el abrigo restaurativo de los sistemas normativos propios de las comunidades indígenas: compensación, ritual de armonización, sanación espiritual y hasta puede que hagan sentir culpable a las niñas ya que apenas llegan a la pubertad son las generadoras del caos y la desestabilización cultural.
Las declaraciones de las senadoras mandan un mensaje negativo a la población mayoritaria y dominante, es como si desconocieran que hay hombres no indígenas venidos de distintas partes de Colombia y de La Guajira que aprovechando nuestro sistema normativo se adentran en nuestras comunidades a ‘buscar chinitas’ porque conocen la sanción punitiva del sistema penal colombiano, saben que el acceso carnal violento o abusivo son delitos que se castigan con una pena de prisión de 12 a 20 años y que los actos sexuales diversos del acceso carnal con persona menor de catorce años o en su presencia, o la induzca a prácticas sexuales, incurrirá en prisión de nueve a trece. Incontables son las historias de hombres ajenos a la comunidad que han arrancado doncellas con el apoyo de los propios para hacer uso de ellas y son incontables no por número sino por desgarradoras e infames. Qué decir de las historias que brotan en territorio de padres y tíos paternos que acceden a sus hijas y sobrinas por no ser de la misma línea materna, pero son historias que se quedan en territorio y se convierten en rumores hasta desvanecerse y quedando como un rencor vivo.
De los pueblos indígenas se han llevado muchas doncellas condenadas a ser las cándidas Eréndiras con dos senadoras desalmadas.
La mayoría de estas niñas traen al mundo niños que a los que son incapaces de amar, algunas se suicidan, otras logran escaparse como mis personajes. No hay Ulises dispuesto a correr con ellas contra el viento, más veloces que un venado, y ninguna voz de este mundo las pudo detener.