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Un precedente funesto

Por: Redacción
agosto 10, 2020
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Por Amilkar D. Acosta Medina

Mis palabras, pronunciadas en la plenaria del Senado de la República el 28 de julio de 1998, con ocasión de un debate de control político a raíz de la decisión del Gobierno nacional, que no compartí, de liquidar a las electrificadoras subsidiarias de Corelca para privatizar la prestación del servicio de energía eléctrica en la región Caribe resultaron premonitorias: vamos a salir de las llamas para caer en las brasas. Dicho y hecho, han transcurrido desde entonces más de dos décadas durante las cuales lejos de mejorar la prestación del servicio, como se prometió, Electricaribe, que fue la empresa que lo asumió, se convirtió para sus usuarios en una verdadera pesadilla, en una calamidad pública, al punto que a la postre el mismo Gobierno nacional se vio en la penosa necesidad de intervenirla y posteriormente liquidarla.

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Pues bien, La Guajira, por estar en la cola del sistema, ha llevado la peor parte, al tener que soportar con estoicismo y con la paciencia de Job los continuos apagones, racionamientos no programados disfrazados de “mantenimiento”, así como las oscilaciones de voltaje, con el daño consiguiente de los artefactos eléctricos. Y, como según la Ley de Murphy, todo aquello que anda mal es susceptible de empeorar, cualquier falla o mantenimiento de la línea de conducción de la energía a 110 KV hasta Maicao, Riohacha, Uribia y Manaure, priva a estos municipios de este servicio esencial. Un estudio técnico adelantado por la Upme llegó a la conclusión, aludiendo a esta falencia, que “la ausencia de las obras de refuerzo eléctrico implica una situación de desatención del abastecimiento de energía en su área de influencia”.

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Así nació la necesidad de adelantar el proyecto del anillo eléctrico que uniera la Subestación de Cuestecita con los municipios de Riohacha y Maicao, con el objetivo de estabilizar el servicio de energía y mitigar las contingencias a las que están expuestos. Como senador de la República me abanderé de esta iniciativa, la que debí retomar años más tarde como ministro de Minas y Energía. En efecto, prioricé dicho proyecto en el Plan 5 Caribe para su ejecución, con mensaje de urgencia, como quedó consignado en la Resolución 093 de 2014 de la Creg.

En el año 2016, finalmente, el Gobierno nacional adjudicó el contrato para ejecutar este proyecto a la firma Elecnorte. Tal y como lo dispone la normatividad legal esta procedió a tramitar la Licencia ambiental y a adelantar las consultas previas correspondientes. Corpoguajira le otorgó la Licencia, la cual conlleva un Plan de Manejo Ambiental –PMA– que incorpora las medidas de mitigación y reparación a que hubiera lugar, las cuales debió asumir la empresa ejecutora de la obra. Por su parte el Ministerio del Interior debía certificar, como en efecto lo hizo, las comunidades con las que se deberían adelantar las consultas previas, las que se efectuaron satisfactoriamente con las 154 comunidades entre indígenas y afrodescendientes debidamente certificadas el 11 de septiembre de 2018.

Pero, como no faltan quienes le metan palos en las ruedas para entorpecer el avance de proyectos que como este son de interés colectivo poniendo en primer lugar sus intereses personales, empezaron a torpedear el avance de la obra. Se interpuso una acción de tutela en la que se alegaba que algunas comunidades habían sido excluidas de dichas consultas, la que en primera instancia fue fallada a favor de las mismas, pero posteriormente fue revocada por el Tribunal Superior de Riohacha el 22 de julio de 2019, por no encontrar mérito para ello ni fundamento en sus pretensiones.

No obstante, 32 meses después del Acuerdo suscrito por la empresa con las comunidades debidamente certificadas por el Ministerio del Interior con las que se adelantaron las consultas previas y cuando solamente falta el 10% para terminar el tendido de las líneas y así contar con un sistema redundante que garantice una notoria mejoría en la prestación del servicio, nuevamente y aludiendo los mismos motivos, se presenta una nueva tutela. Esta vez ante el Juzgado Penal de Circuito y este, sin verificar siquiera la existencia de la “exclusión” que se aduce, contrariando lo dispuesto por el Tribunal Superior, procedió a fallar favorablemente la tutela el pasado 21 de julio y lo que es peor ordenó suspender las obras, con grave perjuicio para más de 700.000 usuarios del servicio de energía.

Esto, a todas luces, es un despropósito, tanto más en cuanto que ordenar la parálisis de la ejecución de este importante proyecto es una medida desproporcionada, habida consideración de que si de lo que se trata es de salvaguardar el derecho a la consulta previa que demanda la parte interesada, según Sentencia de la Corte Constitucional SU -123 de 2018 “la consulta procede aun cuando el proyecto esté en marcha e incluso cuando haya finalizado”.

Cabe preguntarse en dónde queda la seguridad jurídica, acaso la competencia para determinar cuál o cuáles comunidades deben ser objeto de la consulta previa no es el Ministerio del Interior o ello quedará a merced de los jueces, que contravienen los fallos de sus superiores, pues para ellos no hay cosa juzgada. Como dice el adagio popular, cada loro en su estaca, de lo contrario situaciones como estas se van a seguir presentando, al dar pábulo para que se abuse de la Consulta previa como derecho fundamental consagrado en el artículo 7 del Convenio 169 de la OIT, distorsionándola y desnaturalizándola con el propósito de sacar provecho indebido de la misma.

Este es un precedente funesto y si no se le pone coto puede dar al traste con esa ventana de oportunidad que se le abre a La Guajira con el desarrollo de su potencial para la generación de energía a partir de fuentes renovables no convencionales. Son nueve los proyectos de instalación de parques eólicos en territorios ancestrales, en los que será menester adelantar las consultas previas respectivas, eso sí sin desconocerlas por parte de las empresas y sin abusar de ellas por parte de quienes muchas veces suplantan a las autoridades tradicionales, anteponiendo sus intereses a los de las comunidades.

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