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JEP expulsa a alias ‘Zeus’, mayor (r) del Ejército vinculado con falsos positivos y otros delitos

Por: Redacción
agosto 14, 2024
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JEP expulsa a alias ‘Zeus’, mayor (r) del Ejército vinculado con falsos positivos y otros delitos
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Luego de practicar todas las pruebas decretadas en el incidente de incumplimiento contra el mayor retirado del Ejército, Juan Carlos Rodríguez Agudelo, conocido como ‘Zeus’, la Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP contrastó la información y decidió expulsar al compareciente, quien se encuentra prófugo de la justicia, tras determinar que cometió conductas que atentan contra la consolidación de la paz y las garantías de no repetición del conflicto armado. 

De acuerdo con la Sala, Rodríguez Agudelo incumplió gravemente y de forma injustificada sus compromisos con la JEP. El primer hecho que se tuvo en cuenta para tomar la decisión ocurrió el 10 de abril de 2024, cuando se le halló transportando de forma coordinada, en una carretera de Norte de Santander, diversos elementos de guerra como granadas, explosivos, munición de distinto calibre y armas de fuego que le fueron confiscadas por las autoridades. 

El segundo hecho que fue analizado por el magistrado relator del Subcaso Meta – Caso 03 se reportó 11 días después, el 21 de abril de 2024, cuando el compareciente se fugó de la Estación Central de Policía de Cúcuta, donde permanecía detenido por orden judicial. Para tomar la decisión respecto a este compareciente, vinculado en asesinatos y desapariciones forzadas presentados como bajas en combate por agentes del Estado, la sala también tuvo en cuenta que no se presentó ante la Jurisdicción cuando fue requerido.

“Se considera que la violación del señor Juan Carlos Rodríguez Agudelo es grave y realmente constituye un incumplimiento a los fundamentos del Acuerdo de Paz, debido a que se cuentan con bases suficientes para entender que el incidentado retomó la vida armada”, expuso el magistrado Alejandro Ramelli Arteaga, correlator del Caso 03, durante la Audiencia de Verificación de Incidente de Incumplimiento que se llevó a cabo este miércoles en la JEP.  

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Asimismo, la Sala determinó que es posible inferir que el mayor (r) Juan Carlos Rodríguez Agudelo no solo hace parte de un grupo organizado delincuencial, sino que ejerce  un rol de liderazgo en el mismo, ya que logra que otras personas actúen en pro de sus intereses y beneficios. En su decisión, la magistratura puso en evidencia que el compareciente expulsado cuenta con una capacidad económica que le permitió coordinar movimientos de vehículos e incluso planificar su escape del centro de reclusión.

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El mayor (r) Juan Carlos Rodríguez Agudelo compareció durante 10 sesiones en el marco de la investigación del Subcaso Meta – Caso 03 por hechos ocurridos en la Séptima Brigada del Ejército. En desarrollo de sus declaraciones, el oficial reconoció su responsabilidad por la ejecución de muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate, así como por los asesinatos de militantes de la Unión Patriótica y se refirió a la responsabilidad de otras personas en ellos. 

La Sala advirtió que la expulsión es proporcional porque, en el marco del Acuerdo Final de Paz, la sociedad colombiana concedió amplísimos beneficios para las partes del conflicto armado, a cambio de sus aportes a la superación de este, lo que supone un compromiso estricto que deben honrar. “Traicionar este sacrificio volviendo no solo a las actividades criminales sino a la lucha armada que pretende disputar el monopolio de la fuerza del Estado, debe tener las más rigurosas consecuencias”, afirmó la sala. 

Al ser expulsado de la JEP, Rodríguez Agudelo pierde la totalidad de los tratamientos especiales y beneficios otorgados, como la suspensión de órdenes de captura, la privación de la libertad en unidad militar, la libertad transitoria condicionada y anticipada. Sus procesos serán remitidos a la jurisdicción ordinaria. En la misma decisión, la sala compulsó copias a la Fiscalía para que Rodríguez Agudelo sea investigado por el delito de cohecho, el cual pudo haberse materializado al pagar a integrantes de la Policía para que le ayudaran a escapar de la Estación Central de Policía de Cúcuta. 

En su decisión, la magistratura advierte que la expulsión de Rodríguez Agudelo no afecta el contenido ni la valoración de la información que aportó en sus declaraciones cuando fue requerido por la Sala de Reconocimiento en el marco del Subcaso Meta – Caso 03. Las actuaciones judiciales y el esclarecimiento de los hechos sobre los que aportó información continúan siendo contrastados en el marco del proceso de investigación. 

El incidente de incumplimiento contra Rodríguez Agudelo fue abierto por la sala el 18 de abril de 2024, después de que se conociera a través de los medios de comunicación que había sido capturado en la vía pública de Norte de Santander mientras transportaba múltiples elementos de guerra. Tras el hallazgo, se le formularon cargos y se le impuso una medida de aseguramiento privativa de la libertad. 

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